Dos de los iraquíes hallados en un camión en Hernani recurrirán su expediente de expulsión
Los dos refugiados presentarán alegaciones al expediente de expulsión incoado en su contra por el Cuerpo Nacional de Policía (CNP), algo que aún no se planteado su compañero, que sigue hospitalizado
El Correo, , 02-10-2015Dos de los tres inmigrantes iraquíes de origen kurdo hallados el martes dentro de un camión frigorífico en Hernani (Gipuzkoa) presentarán alegaciones al expediente de expulsión incoado en su contra por el Cuerpo Nacional de Policía (CNP), algo que aún no se planteado su compañero que sigue hospitalizado. Así lo han anunciado hoy fuentes jurídicas próximas al caso, que han explicado que el tercer inmigrante kurdo estudiará los pasos legales a dar una vez “mejore” su estado de salud.
Estas tres personas fueron descubiertas la tarde del pasado martes en el interior de un camión frigorífico, que se encontraba en una área de servicio de Hernani, por un transportista que escuchó los golpes y gritos que proferían desde dentro del vehículo.
Una vez alertada la Ertzaintza y los servicios médicos y asistenciales, los tres extranjeros fueron trasladados con síntomas de hipotermia al Hospital Donostia, donde aún permanece ingresado uno de ellos, mientras que los dos restantes fueron dados de alta y puestos a disposición de la Cruz Roja.
Por el hecho de estar en situación irregular en territorio nacional, el CNP les incoó ayer un expediente administrativo sancionador, proponiendo su expulsión de España por espacio de tres años, una resolución que, según las fuentes citadas, “no es definitiva” ya que los afectados disponen de un plazo de 48 horas para formular alegaciones.
Los dos inmigrantes que han sido dados de alta del hospital ya han manifestado su voluntad de recurrir su expulsión ante la Brigada de Extranjería en la Comisaría de la Policía Nacional de San Sebastián. De forma paralela, ambos extranjeros manejan la posibilidad de formular una solicitud de asilo o, en su defecto, una de “protección internacional subsidiaria”.
Las fuentes jurídicas consultadas han aclarado que, en cualquiera de los dos casos, “el procedimiento de expulsión quedaría en suspenso de forma automática hasta que se resuelva” su solicitud. Además de la Cruz Roja, se ocupan del caso otras ONG que están asesorando a los migrantes sobre cuál de estas dos figuras legales se adapta mejor a su situación personal.
Las fuentes han aclarado que el asilo es un concepto “más específico, porque se otorga por unos motivos concretos” como razones de persecución religiosa, étnicas y sexuales. Por el contrario, la “protección internacional subsidiaria” es una figura “mucho más amplia” que “se aplica a personas que se han podido ver afectadas por una situación de conflicto bélico” pero sin que en su caso concurren “criterios políticos ni religiosos o étnicos”.
“Se ven afectados por ese conflicto bélico, su país de origen no les puede dar una protección y por ese motivo se ven abocados a solicitarla de forma subsidiaria en otro país”, concretan las fuentes. No obstante, la protección que recibirían será la misma tanto en un caso como en otro. Las fuentes han desvelado asimismo que, lo que está fuera de toda duda, es que este trámite se hará en España y no en Gran Bretaña como se había especulado por el hecho de que estas personas cuentan con allegados en el Reino Unido.
Autorización temporal
“Ellos tienen la obligación de solicitar el asilo en el primer país en el que han quedado detenidos. En este caso ha sido aquí. No pueden ir a Gran Bretaña porque este país les devolvería a España que es donde han quedado identificados” , han dicho las fuentes. En el supuesto de que todas estas gestiones fructifiquen y si finalmente se admite a trámite su solicitud, los demandantes recibirían “una autorización temporal para vivir aquí tranquilamente y tendrían acceso a los derechos que tiene cualquier español, como la educación la sanidad y el resto de derechos civiles”.
El “expediente” con la solicitud que eventualmente hagan estos extranjeros será presentado ante al Ministerio del Interior, que lo derivará a la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio para su estudio, aunque posteriormente volverá al Ministerio, que resolverá definitivamente “si admite o rechaza” la petición. En caso de que se estime alguna de las medidas de protección solicitadas, los extranjeros contarían con una autorización de residencia y trabajo en España que, en opinión de las fuentes consultadas, les permitirá “poder viajar” a otros países, si ese es su deseo.
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