El 28% de las empleadas de hogar extranjeras no están integradas

Un 20% de las trabajadoras en Euskadi tienen problemas para cubrir sus necesidades básicas

Deia, JULEN YUGUERO, 17-07-2015

BILBAO – El 28% de las mujeres inmigrantes asentadas en Euskadi y ocupadas en tareas de servicio doméstico se sienten “nada, muy poco o poco integradas” en la sociedad vasca, de lo que resulta un nivel de integración autopercibida inferior al del conjunto de la población inmigrante, lo que explicaría el impacto de la profesión en la percepción de integración. Esta es una de las principales conclusiones del informe realizado por los investigadores Julia Nogueira y Joseba Zalakain y publicado por Emakunde, gracias a una beca de investigación concedida por la organización para favorecer la consecución de la igualdad de mujeres y hombres.

Los autores del informe aseguran que las mujeres migradas que trabajan en domicilios se enfrentan a situaciones de “especial vulnerabilidad y discriminación, provocadas por su vinculación al empleo en el servicio doméstico y de cuidado, y por su origen, características que podrían derivar en desigualdades sociales, laborales y de acceso a recursos básicos con respecto al resto de la ciudadanía”. Esta discriminación se explicaría por una multiplicidad de factores relacionados con la estructura social y la construcción de políticas públicas y que convergen en una discriminación múltiple de estas mujeres (por sexo, origen y ocupación). La mujer inmigrante constituye uno de los perfiles más comunes que desarrollan tareas de limpieza y cuidado en los hogares. El 95% de todas las personas ocupadas en este sector son féminas y más de la mitad de ellas extranjeras, procedentes mayoritariamente de América Latina (75%).

Las condiciones laborales de este grupo son muy precarias. Un porcentaje amplio encuentra serias dificultades para hacer frente a sus necesidades económicas. Un 20% tienen problemas para cubrir sus necesidades básicas (alimentación, vestido, calzado o vivienda) y el 36% no puede hacer frente a gastos imprevistos.

En el estudio se señala directamente a la norma que regula las condiciones laborales de este grupo, el RD 1620/2011. Esta nueva regulación supuso “un paso adelante” con respecto a la normativa anterior, de 1985, pero cuenta todavía con determinados déficits: no contempla la protección por desempleo; desprotege a las personas trabajadoras discontinuas; no elimina las complicaciones administrativas para las personas empleadoras; y es ambiguo en el establecimiento de las tareas.

En cuanto al disfrute de ayudas y otros servicios públicos, los autores del estudio han encontrado un nivel de acceso alto en comparación con inmigrantes en otras ocupaciones (un 22% ha disfrutado de la RGI y un 32% ha tenido acceso a otros servicios públicos). Sin embargo, en el informe se señala que el empadronamiento constituye un requisito imprescindible para el disfrute de los derechos sociales básicos, y las barreras a la hora de su consecución son mayores para las mujeres que trabajan en los domicilios a causa de la temporalidad del trabajo y la falta de un lugar de trabajo fijo.

El informe concluye con una serie de recomendaciones para solucionar la situación de vulnerabilidad de este grupo: mejorar sus condiciones laborales, dignificar y profesionalizar el empleo de cuidado a personas dependientes, incluir protocolos de riesgos laborales, ampliar los servicios públicos destinados al cuidado, replantearse los requisitos de la Ley de Extranjería y hacer un seguimiento de los casos de abuso laboral derivados de la economía sumergida.

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