Dos "skins" aceptan dos años de cárcel por difundir ideología nazi por la red

Canarias 7, EFE, 15-06-2015

Dos “skins” han aceptado dos años de prisión y un tercer neonazi se ha conformado con una pena de multa por integrar un grupo dedicado a difundir la ideología nacionalsocialista por internet e incitar a la violencia contra musulmanes, judíos, inmigrantes y homosexuales.



En una sentencia de conformidad, que es firme, el juzgado de lo penal número 2 de Barcelona ha condenado a los neonazis por delitos contra los derechos fundamentales, provocación al odio o la violencia y contra la comunidad internacional en su difusión de ideas que justifican el genocidio.



La sentencia impone dos años de cárcel y multa de 720 euros para los acusados Vanesa y Fernando, a los que la juez ha aceptado suspender su ingreso en prisión por carecer de antecedentes, y una sanción de 2.880 para un tercer neonazi que solo está acusado de un delito contra los derechos fundamentales.



Según mantiene la sentencia, los acusados, que fueron investigados por la Brigada de Información de la Policía Nacional, integraban al menos desde diciembre de 2009 un grupo de ideología nazi cuyo objetivo era “difundir pública, masiva e indiscriminadamente entre la ciudadanía sus ideas de incitación a la violencia”.



Los acusados utilizaban las redes sociales para difundir ideas “de carácter ofensivo, denigrante y vejatorio” contra personas de distintos colectivos, como musulmanes, judíos, inmigrantes , homosexuales, discapacitados, gitanos y afrodescendientes, entre otras minorías, “defendiendo a ultranza la supremacía de la raza aria”.



Otros objetivos del grupo eran, según la sentencia, justificar las atrocidades cometidas por el nazismo e incitar a la confrontación de grupos ideológicamente rivales, así como la “búsqueda de objetivos o víctimas seleccionados por su origen, raza, etnia u orientación sexual”.



Los procesados usaban un “nick” que ocultaba su verdadera identidad y, a través de servidores como “fotolog”, “facebook” y “youtube”, difundían “documentos, imágenes, vídeos, noticias y opiniones” con contenidos acordes a sus objetivos de difundir el ideario nazi.



Los comentarios publicados en las redes, que según la sentencia eran de fácil acceso para el público en general, usaban terminología habitual propia de sus simpatizantes, como la cifra “88” – una suerte de código que alude a la “hache”, octava letra del abecedario, iniciales de la expresión “Heil Hitler” – o Sieg Heil, expresión alemana que se usaba en los eventos masivos del Tercer Reich.



Los acusados publicaron también en sus páginas web fotografías de personas mutiladas en campos de concentración, junto a lemas antisemitas, entre ellos “Happy Holocaust”.



Entre el material informático que se intervino a los procesados, figuraban numerosos archivos de música “RAC” (Rock Anticomunista) o “Oi” y canciones con expresiones ofensivas hacia judíos, gitanos, comunistas y homosexuales, que los acusados compartían a través de Internet.



Las canciones de este tipo de música, sostiene la sentencia, “además de ser una forma de captación de nuevos miembros y de difusión del ideario nacionalsocialista, sirven como método de financiación de organización y asociaciones neonazis”.

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