El Constitucional alemán abre paso al pañuelo en las aulas

Sentencia que su prohibición sólo es permisible en casos de «peligro concreto»

El Mundo, ROSALÍA SÁNCHEZ BERLÍN ESPECIAL PARA EL MUNDO, 14-03-2015

El Tribunal Constitucional alemán dio la razón en 2003 a una profesora musulmana, Fereshta Ludin, nacida en Kabul en 1972, residente en Alemania desde 1995 y que se negaba a dar clases sin llevar el pañuelo islámico. Aquella sentencia estableció que un centro educativo no podía por su cuenta prohibir el velo en sus aulas si no existía una «base legal» para ello, por lo cual varios estados federados se lanzaron a legislar la prohibición, dando así la «base legal» y argumentando su simbolismo discriminatorio de la mujer.

Una nueva sentencia emitida ayer por el tribunal con sede en Karlsruhe precisa ahora que la prohibición del velo en las aulas sólo es permisible en casos de «peligro concreto de alteración del orden escolar» o en situaciones en que su utilización no cumpla con el principio de la neutralidad religiosa, con lo que las legislaciones regionales quedan derogadas.

El origen de esta última sentencia fue la demanda presentada por dos musulmanas alemanas de Renania del Norte-Westfalia que, para evitar ir a clase con la cabeza descubierta y a modo de protesta, optaron por impartir sus asignaturas con una boina vasca, lo que derivó en una amonestación por parte de la dirección escolar y una posterior demanda ante la magistratura de Trabajo.

La sentencia pone además en tela de juicio otras anteriores del Tribunal Laboral Federal, que ha dictaminado a menudo a favor de las empresas. Ése es el caso de una clínica evangélica de Bochum en la que una enfermera ha exigido ante los tribunales llevar velo islámico. «En el contrato de trabajo firmado por ambas partes queda claro que se trata de una clínica cristiana en la que se practica la religión cristiana junto a la medicina, por lo que la enfermera debería sencillamente no aceptar ese trabajo si va contra sus principios», explica Sascha Leese, el abogado de la clínica. Para el abogado de la enfermera musulmana, Abduhlah Emili, ése no es argumento suficiente: «Esta sentencia permitirá revisar también estos casos porque valores como el amor al prójimo, el servicio y la tolerancia son argumentos que también comparte el islam, por lo que no hay una contradicción con los valores religiosos cristianos ni por supuesto una incompatibilidad que permita hacer ese trabajo».

El Consejo Central de los Musulmanes de Alemania (ZMD) acogía ayer con satisfacción la decisión, «especialmente en este momento en que la religión musulmana está sufriendo numerosos ataques. Aunque sabemos que la sentencia no significa un derecho general del uso del velo, es muy gratificante porque deja claro que el velo en sí mismo no supone ningún peligro ni para la educación ni para la paz escolar», dijo su secretario general, Nurhan Soykan, desde Colonia. «La gran importancia de esta sentencia reside en que reconoce la realidad de las mujeres musulmanas en Alemania y les permite participar en la vida social como ciudadanos iguales», explicó.

Gobiernos de estados federados como el de Hesse, sin embargo, advertían ayer de que leerán detenidamente la sentencia para tomar decisiones. «Vamos a evaluar en qué medida nos repercute, si es aplicable a otros casos y a otros Länder», decía el portavoz del gobierno democristiano de Wiesbaden, Michael Busser.

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