Anulada la multa a un levantinista al no probar que fue al campo

Las Provincias, E. P. , 17-12-2014

La Audiencia Nacional anuló ayer la multa de 60.000 euros y la pena de dos años de destierro de cualquier recinto deportivo impuestas a un seguidor ultra del Levante, al entender que no hay suficientes pruebas de que accediese al estadio del Hércules en Alicante para presenciar un encuentro entre ambos equipos en 2010, algo que tenía prohibido por una resolución anterior.

En una sentencia dictada el pasado 12 de noviembre, la sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del citado órgano judicial estima el recurso presentado por el aficionado y revoca la resolución sancionadora emitida por la Secretaría de Estado de Seguridad en mayo de 2012 como respuesta a una infracción muy grave de la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte. Los hechos ocurrieron el 28 de noviembre de 2010, cuando el recurrente fue identificado junto a otros 17 seguidores que llevaban bufandas con la leyenda ‘Ultras Levante’ cuando todos ellos se encontraban en los alrededores del hotel de concentración de dicho equipo en Alicante, antes del partido que iba a disputar contra el Hércules. El acusado aseguró que no llegó a entrar al estadio, lo que lleva al tribunal a mantener la inocencia.

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