FALLO DEL MACROPROCESO A DOS PROSTÍBULOS

El cuartel del sexo de pago

Los acusados controlaban las entradas y salidas de las mujeres y su salud sexual

El Periodico, J. G. A. BARCELONA , 28-05-2014

La Audiencia de Barcelona destaca el régimen de «subordinación y acuartelamiento» al que eran sometidas las mujeres que ejercían la prostitución en el Riviera y el Saratoga, «con dependencia y control deambulatorio, de entradas y salidas, de actividad sexual» y revisiones sanitarias, con extracciones de sangre y toma de muestras biológicas que se llevaban a cabo en los mismos locales. Estos prostíbulos captaban, sostienen los magistrados, inmigrantes en situación irregular en España y, en ocasiones, menores (no se ha formulado acusación por este motivo), lucrándose sus propietarios con un porcentaje de lo que estas mujeres obtenían por los servicios sexuales.
El tribunal entiende que el régimen de explotación de las chicas «deriva de una situación de vulnerabilidad, dado que procedían de países deprimidos económicamente» y en muchas ocasiones «se trataba de personas en situación administrativa irregular, no ilegales como se les viene llamando, pues no consideramos ilegal a ningún ser humano» . Algunas prostitutas carecían de trabajo, domicilio, permiso de residencia y desconocían el idioma. Estaban en un lugar «extraño» sin vínculo familiar, social o laboral.
En el Riviera ejercían una media de 150 mujeres, lo que reportaba a los dueños del club, según su contabilidad, 27.000 euros de beneficio diarios y 16,2 millones anuales. En el Saratoga, lo hacían de 40 a 60, con lo que el burdel ganaba al día 15.720 euros y 5,6 millones al año.

Explotación Todas esas circunstancias, «añadidas a las condiciones en las que desarrollaban su vida cotidiana en la que ejercían la prostitución» suponen, según los magistrados, « la expresión más clara de la negación de la libertad sexual, esto es, que cada persona decida por sí misma con quién, de qué forma y en qué condiciones permite y quiere donarse con otra persona para enriquecer su propia personalidad» . «El funcionamiento de estos macroprostíbulos se ha convertido en el modelo más sofisticado de explotación sexual ajena» , añade la sentencia, que arremete contra los que intentan «dulcificar» esa situación como un ejercicio económico más. «Todo ello se disfraza de actividad económica para la mujer, hasta tal punto que lo que inicialmente se consideró servicio sexual se llama ahora actividad sexual (…), filtrando en el imaginario colectivo la idea de que se trata de una actividad cualquiera, e inocua, cuando en realidad están comprometidos derechos fundamentales como la dignidad, la intimidad o el derecho a la salud» . Para los jueces, en el modelo de macroprostíbulos «se trata en definitiva de hacer rendir al máximo » a las mujeres, «lo que se consigue seleccionándolas por su aspecto, juventud y nacionalidad, teniéndolas por tiempo limitado para evitarse problemas de convivencia entre ellas y ofrecer chicas nuevas a los clientes» . «Cuando hablamos de prostitución no estamos tratando de temas comerciales, estamos tratando de un tema que afecta a los derechos humanos, a la dignidad, a la integridad moral y a la intimidad» , afirman. Los magistrados alertan de que los porcentajes de mujeres irregulares encontradas en esos locales «están indicando que fácilmente España puede convertirse en el burdel de Europa».
Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)