'mobbing inmobiliario'
Prisión para los cinco acusados de acoso en Etxebarri
El juez considera probado el 'mobbing inmobiliario' y les condena a un año y nueve meses a cada uno
Deia, , 24-05-2014Bilbao – El calvario que vivieron durante meses dos hermanas en su casa de Etxebarri ha concluido con penas de cárcel y una indemnización económica para los cinco acusados de un delito de acoso inmobiliario.
El Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao ha condenado a un año y nueve meses de prisión para cada uno de los cinco acusados al estimar que incurrieron en un delito contra la integridad moral al atosigar constantemente a sus dos vecinas para hacerles la vida imposible y que abandonaran la vivienda.
Una tortura continuada que bien conocen los vecinos de la localidad y la Policía Municipal de Etxebarri cuya denuncia finalmente inició la causa judicial.
En su decisión, el tribunal condena también a los acusados a indemnizar a sus víctimas con 3.000 euros. Eso sí, el magistrado les absuelve del delito de lesiones psíquicas que reclamaba la acusación particular. El juez ha determinado en su sentencia que dos de los condenados, Roberto López y su hijo Iñigo, contactaron con una familia de etnia gitana para permitirles habitar el segundo piso de un viejo edificio ubicado en la calle Lezama Leguizamón de Etxebarri. El inmueble había sido heredado por los acusados y les permitieron el alojamiento para que “llevaran a cabo una serie de hostigamientos hacia dos hermanas” que vivían en el primer piso con una renta antigua y regentaban el bar de la planta baja de ese edificio.
Los nuevos inquilinos, Dolores Fernández, Cipriano Salazar y Sara Salazar, junto a seis menores de edad, se trasladaron el 1 de abril de 2010 a la vivienda superior e “inducidos” por los otros dos acusados, “comenzaron todos ellos, de manera continuada y sistemática a realizar” actos “molestos y hostiles” hacia sus vecinas y con los clientes del bar, concreta la sentencia fechada el pasado día 20 y hecha pública ayer,
La resolución describe que arrojaban muebles, enseres y agua sucia por la ventana, insultaban, amenazaban y escupían a las mujeres, así como que encendían la televisión a fuerte volumen por la noche y dejaban heces delante del bar.
El juez recuerda que existen sentencias condenatorias contra varios miembros de esa familia por perjudicar a sus dos vecinas del piso inferior. Según ha constado, los dueños de la casa, orquestaron esa trama de acoso inmobiliario “para obtener algún beneficio en la relación arrenditicia” que les unía a las dos víctimas y que hasta entonces pagaban un alquiler bajo. Con ese objetivo, invitaron a la otra familia a ocupar el piso superior y así “impedir el legítimo disfrute” de su vivienda a las mujeres del piso inferior.
La sentencia establece la misma pena de cárcel para los dueños del edificio que para los tres adultos de la familia gitana, si bien añade que estos tres últimos no podrán aproximarse a las dos hermanas ni a su vivienda a menos de 500 metros durante cinco años, como había solicitado el fiscal.
Orden de alejamiento
(Puede haber caducado)