La sentencia que avaló un despido en la casa sacerdotal de Ourense será recurrida al TSXG

La sanción se sustentó en ofensas a superiores, malos tratos de obra o falta de respeto por comentarios en Facebook que la jueza valoró como injuriosos

La Voz de Galicia, P.SEOANE, 07-04-2014

Llegará hasta el Tribunal Superior de Galicia el despido de un inmigrante salvadoreño, que trabajó más de cinco años en la casa sacerdotal de Ourense y perdió su puesto a finales del pasado año a raíz de que incluyera en Facebook unas comentarios que ha visto como injuriosos la jueza de lo social a la que correspondió analizar el asunto. La magistrada avaló la medida disciplinaria como procedente. La resolución judicial será recurrida, según anunció esta mañana la CIG, sindicato que ampara al trabajador e interpreta que «subordina o dereito á libertade de expresión do traballador á defensa do credo relixioso católico».

La sentencia del juzgado de lo Social número 3 de Ourense, que declaró procedente el despido, hace referencia como causa objetiva de la medida disciplinaria a las ofensas verbales a superiores, malos tratos de obra o faltas de respecto graves. Decía la jueza que aunque la mayoría de los comentarios críticos deben verse en el ámbito de la libertad de expresión, el trabajador también debía tener en cuenta para quién trabaja y que la Diócesis y la iglesia católica «merece un cierto respeto como empleadora dentro de la recíproca relación laboral». No son los comentarios más generales, sin embargo, los que merecieron una especial consideración en la sentencia, sino el «ánimo injurioso» que observa en otros comentarios sobre supuestas relaciones con mujeres o prostitutas.

La CIG entiende que en la sentencia de Ourense no se valoraron las circunstancias, como que el trabajador hubiese estado «explotado no traballo» durante cinco años y que acababa de presentar una denuncia a la Inspección de Trabajo. Reprocha el sindicato que se penalice al trabajador, según, «polas declaracións públicas que fixo despois de ser despedido, denunciando a mala situación laboral á que estaba sometido: isto, ao noso entender, é un despropósito, xa que se trata dun xuízo de despedimento cuxo único obxecto vén constituido pola carta que lle foi entregada ao traballador».

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