Los musulmanes tienen derecho
Los padres que así lo quieran han de poder exigir la enseñanza del islam
La Vanguardia, , 25-03-2014He escuchado expresiones de animadversión, pero sea cual fuere el criterio sobre el islam no es esta una cuestión religiosa, sino de otro orden: si se reconoce o no que los padres son los primeros educadores y tienen derecho a educar a sus hijos según sus convicciones morales y religiosas. Nadie debe ser discriminado. Como los de otras confesiones, los padres de alumnos musulmanes tienen derecho a exigir tal enseñanza. Cierto que obligará a buscar fórmulas adecuadas para aplicarlo, como la posibilidad de agrupar alumnos de varias aulas para que el número de alumnos alcance un volumen mínimo, porque no pueden impartirse tales clases para uno o dos alumnos. O cómo seleccionar el profesorado porque entre las propias comunidades musulmanas hay diferencias y no siempre está claro qué enseñar. En el caso de los católicos, la solución es fácil. Si surgen discrepancias sobre el contenido doctrinal o sobre el profesor, quien dirime es el obispo del lugar, máxima autoridad. Entre los musulmanes no se da.
La eclosión del islam en Europa ha planteado retos en relación a la libertad religiosa, pero hay que reafirmar el derecho de los musulmanes a practicar su religión y a poderse formar en ella. Va más allá del debate sobre el uso del niqab o el burka. Ahí están la marginación de la mujer o el peligroso papel de algunos imanes. O que la mayoría de musulmanes residentes aquí nada hacen por integrarse aunque dicen estar discriminados. Tampoco estas comunidades musulmanas denuncian la evidente y creciente persecución y hostilidad a la que los países de mayoría musulmana someten a las minorías de las demás religiones. Y hay que cuidar que la enseñanza islámica impartida no caiga en la formación de yihadistas. Como el islam unifica religión, política y sociedad, derivar hacia resultados no deseables por violentos no es una simple posibilidad, sino un peligro frecuente.
A pesar de todo ello, como a todos, se les debe reconocer el derecho de toda persona humana a la libertad de conciencia y a practicar y exponer su religión en privado y en público, como prescribe la Declaración de los Derechos Humanos de 1948 en su artículo 18.
A decir verdad, en Catalunya tampoco a los miembros de las demás religiones, la católica especialmente, se les facilitan mucho las clases de religión. Basta conversar con profesores de la asignatura, o conocer cómo tratan de disuadir a los padres en muchos centros públicos, diciéndoles que sus hijos perderán clases de asignaturas troncales o que ellos son los únicos que lo han pedido.
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