Absuelta la pareja acusada de la ablación de sus dos hijas

La Fiscalía pedía 24 años por la mutilación en un viaje a Gambia

El Mundo, MANUEL MARRACO MADRID, 26-02-2014

El segundo juicio celebrado en España por una ablación cometida en el extranjero también ha acabado en absolución. La Audiencia Nacional exculpó ayer a un matrimonio de origen gambiano acusado de la mutilación genital sufrida por sus dos hijas durante un viaje al país africano, cuando tenían tres y siete años. Las niñas habían nacido en España y cuando se produjeron los hechos los padres llevaban ya una década viviendo en nuestro país.

La Fiscalía reclamó el pasado jueves 12 años de cárcel a cada progenitor, seis por cada delito de lesiones. En total, 24 años de cárcel. Sin embargo, el tribunal ha dado credibilidad a la versión de la madre de que fue la abuela la que, aprovechando que ella había ido a visitar a unos familiares y le había dejado a las niñas, les hizo la ablación. El elemento «determinante» para los magistrados es la declaración de la hija mayor, que en una entrevista con un psicólogo sostuvo que su madre se enfadó con la abuela cuando volvió y descubrió la ablación.

La Sala coincide con la Fiscalía en que el padre y la madre estaban en posición de garantes, es decir, eran responsables ante la ley de la protección de las hijas menores. «Pero tal deber de cuidado no puede comportar en el presente caso –y acreditado que los padres no consentían, ni querían la mutilación, sino que eran contrarios a ello– el que la familia no viajara a Gambia, país de origen donde residen los familiares más directos, lo que sería llegar al extremo de romper los lazos con el resto de la familia por la mera sospecha de que ocurriera la mutilación», dice la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Alfonso Guevara. «Por otra parte tampoco puede tildarse omisión del deber de cuidado el que la acusada dejara a sus hijos, en su ausencia suficientemente explicada por visita a primos, al cuidado de la abuela, persona que indudablemente goza de su confianza y de la que no podía dudar de que hiciera un mal a sus nietas», añade.

La ablación tuvo lugar en 2006, pero no se descubrió hasta una revisión ginecológica en 2011. La absolución supone que sigue sin haber en España ninguna condena por ablación fuera de nuestras fronteras. La Audiencia sí dictó una condena leve el año pasado, pero fue revocada hace dos meses por el Supremo. Así pues, sólo existe en nuestro país una condena firme por una ablación cometida en Alcañiz (Teruel).

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