Justicia vuelve a denegar la nacionalidad a una niña de Galdakao por no tener «buena conducta»

El equipo que dirige Alberto Ruiz-Gallardón reafirma su postura en el caso de la menor de tres años nacida en Bizkaia, de padres congoleños, y que carece de autorización de residencia desde junio de 2012

El Correo, B. VERGARA BILBAO., 26-12-2013

Por no haber demostrado «buena conducta cívica». Ese es el argumento esgrimido por el Ministerio de Justicia para reafirmar su postura y denegar la nacionalidad a la niña de tres años nacida en Bizkaia, de padres congoleños, y que carece de autorización de residencia desde junio de 2012. Tras llevar el asunto al Congreso, el diputado de Amaiur Jon Iñarritu ha calificado como «ridículo» el motivo hecho público por el equipo que dirige Alberto Ruiz-Gallardón. El pasado mes de julio, el subdirector general de Nacionalidad y Estado, Rubén Baz, manifestó que la buena conducta «no suele exigirse a los menores», por lo que la denegación del permiso a la niña Galdakao había sido un «error», insiste Iñarritu. Por ello, instó al Ministerio a revisar su decisión.
Justicia insiste en que la niña, que nació en Cruces y reside en Galdakao, se encuentra en «situación irregular» en el país desde junio del año pasado, «puesto que desde esa fecha dejó de constar con autorización de residencia en España», lo que constituye una infracción administrativa grave. Sus progenitores no renovaron la tarjeta de residencia de la menor. «Esa falta de autorización supone que la buena conducta cívica que el solicitante debe probar no ha quedado acreditada», determina la respuesta remitida recientemente por el Ministerio. La segunda en este sentido.
En sus argumentos, el Gobierno central se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha dictaminado que «una infracción administrativa puede resultar tanto o más indicativa de la falta de buena conducta que una infracción penal». El Ejecutivo, que recuerda que los expedientes de solicitud de la nacionalidad se resuelven en base a la normativa vigente, apunta que, según el Código Civil, «no se puede obtener la nacionalidad española si la residencia no es legal». También justifica su decisión asegurando que en 2012, en el momento de tramitar la petición de esta niña, carecía de permiso de residencia.

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