Compra de piso o deuda a cambio de la residencia
Los extranjeros obtendrán el permiso si invierten entre 500.000 euros y 2 millones
El Mundo, , 25-05-2013El Gobierno ha incluido en el anteproyecto de Ley de Emprendedores la posibilidad para los extranjeros de obtener la residencia en España si compran un piso –para ayudar al banco malo a vender los activos inmobiliarios de las entidades financieras–, o si suscriben deuda pública –para facilitar al Estado la colocación de las emisiones de deuda pública y eludir la presión de los mercados–. Para ello, deberán comprar una vivienda de al menos 500.000 euros o suscribir deuda por encima de los dos millones. De esta forma, el Ejecutivo abre la puerta a inversores, sobre todo chinos y rusos, que son los más interesados potencialmente en obtener la residencia española.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, negó ayer que esta medida suponga «vender la residencia». Según su versión, este sistema se ha generalizado en Europa, y citó los casos de Portugal, Irlanda y Reino Unido. En realidad, lo que ha hecho el Ejecutivo es adaptar la cifra de la compra de las viviendas a la de estos países, ya que en el proyecto inicial figuraba que con una inversión de 160.000 euros se obtenía la carta de residencia.
Por ello, lo que más llama la atención es que, según la referencia del Consejo de Ministros, el objeto de esta ley, que no entrará en vigor hasta 2014, es «apoyar al emprendedor y la actividad empresarial, favorecer su desarrollo, crecimiento e internacionalización y fomentar la cultura emprendedora y un entorno favorable a la actividad económica». Es decir, no tiene sentido que en esta norma se haya incluido la modificación del permiso de residencia.
El anteproyecto, que estará sometido a cambios hasta que se convierta en ley, también recoge que recibirán permiso de residencia los extranjeros que hagan «una inversión significativa», sin que de momento se haya cuantificado, o destinada a proyectos empresariales de «interés general», como es el caso de la creación de puestos de trabajo o de una aportación a la innovación científica y tecnológica. Pero falta por conocer los detalle del desarrollo reglamentario de todas estas normas.
También se beneficiarán
con la carta de residencia los profesionales «altamente cualificados» que formen parte de un negocio de reconocido prestigio. Pero se desconoce a qué tipo de negocios se refiere. Además, se dará este permiso a los extranjeros que se desplacen a España dentro de una relación laboral o por motivos de formación profesional. El problema en este sentido es que los altos tipo del IRPF no ayudan a la llegada de los profesionales extranjeros, e incluso de empresas y sus directivos, porque aquí pagarán más impuestos que en su país.
En cuanto a las medidas que favorecerán directamente a los emprendedores españoles, figura el nuevo régimen de IVA con criterio de caja a partir de 2014 frente al actual de devengo. Pero, la posibilidad de no tener que ingresar en Hacienda el IVA repercutido en las ventas hasta que no cobren la factura, se limita a las facturaciones inferiores a dos millones. Y habrá que esperar al reglamento de la ley porque, en caso de facturar a empresas con criterio de devengo, no podrán cobrar las que quieran hacerlo por criterio de caja.
También se incluyen otros incentivos. Por ejemplo, las empresas que facturen menos de 10 millones podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios si se reinvierten, y los inversores en las empresas podrán deducirse el 20% en la cuota del IRPF por el capital aportado con el límite de 200.000 euros.
El Gobierno negó ayer que facilitar los permisos suponga «vender residencias»
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