Ser condenada a tres años por traficar con drogas justifica que sea expulsada del país

La Verdad, EFE, 18-05-2013

La condena de tres años y un mes impuesta a una inmigrante, por un delito contra la salud pública, es motivo suficiente para acordar su expulsión, según la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

La resolución indica que la Delegación del Gobierno en Murcia acordó la expulsión de la recurrente del territorio nacional y la prohibición de volver a España durante diez años. Ese periodo fue reducido a dos años y medio por sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 7 de Murcia, decisión que fue apelada ante el TSJ.

En su recurso, la inmigrante alegó que la expulsión resultaba «desproporcionada», ya que tenía permiso de residencia, aunque su ingreso en prisión le impidió renovarlo. Además, expuso que se le había reconocido el tercer grado penitenciario y que vivía en España con su esposo e hija, y que estaba embarazada.

Al desestimar el recurso, la Sala indica que la condena que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Murcia, por un delito de tráfico de drogas, «por sí sola justifica su expulsión».

La Sala confirma de esta forma la sentencia del juzgado, aunque añade que «ello se hace sin perjuicio de que la orden, en su caso, no pueda ser ejecutada si queda acreditado que se encuentra embarazada».

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