España / INTERIOR

Expulsan de España a un suramericano por conducir ebrio reiteradamente

ABC, ABCsestao (vizcaya), 17-03-2013

Fue condenado por circular bajo los efectos del alcohol en 2009, 2011, 2012 y 2013


El Juzgado de Instrucción número 4 de Baracaldo ha condenado a la expulsión del territorio español por un plazo de cinco años a un ciudadano suramericano que fue detenido el pasado día 9 por conducir bajo los efectos del alcohol y que acumulaba varias condenas por el mismo motivo, según informa Efe.


La sentencia, fechada el pasado día 12 tras un juicio rápido, señala que el conductor, del que no consta la residencia legal, había sido condenado por juzgados de Baracaldo y Bilbao por conducir bajo los efectos del alcohol en 2009, y en 2011, 2012 y 2013 por el mismo motivo y por llevar el coche sin carné.


Desde el Ayuntamiento de Sestao, se ha señalado que J.L.R.A., de 40 años, fue sorprendido por una patrulla de la Policía Local de Sestao cuando circulaba por la calle Gran Vía invadiendo el sentido contrario y teniendo serias dificultades para realizar la maniobra de aparcamiento. Al interceptarle, los agentes comprobaron que tenía el permiso de conducir retirado temporalmente y que se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, arrojando una tasa superior a la permitida en la prueba realizada, por lo que fue trasladado a comisaría.


En el juicio rápido, se le condenó a J.L.R.A. por un delito contra la seguridad vial a la pena de cinco meses y diez días de prisión por conducir bajo los efectos del alcohol y a cuatro meses de prisión por conducir sin carné. Sin embargo, el juez, en aplicación del artículo 89 del Código Penal, ha sustituido «la pena de prisión por la expulsión del territorio español por un plazo de cinco años».


El artículo 89 del Código Penal establece que las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas a extranjeros no residentes legalmente en España pueden ser sustituidas por su expulsión del territorio español. La sentencia es «firme» al haberse anticipado oralmente su contenido y haber manifestado el Ministerio Fiscal, el acusado y la defensa, su intención de no recurrirla.

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