Libertad para los cabecillas de la 'red Emperador'
La Audiencia dice que el juez dejó pasar el plazo máximo para ordenar su prisión
El Mundo, , 23-11-2012Los principales implicados de la operación Emperador contra la mafia china quedarán en libertad de manera inminente, después de que un tribunal de la Audiencia Nacional concluyera ayer que el juez del caso, Fernando Andreu, dictó los autos de prisión cuando ya se había rebasado el plazo máximo legal.
La lista de beneficiados por el criterio de la Sala alcanzaría la veintena, incluyendo al supuesto cabecilla, Gao Ping, su esposa, sus lugartenientes en la red y el considerado jefe de la célula encargada de las extorsiones, Hai Boo, entre otros.
La Sección Tercera, presidida por Alfonso Guevara y encargada de revisar los recursos de este caso, rechaza la validez del auto del pasado 18 de octubre, en el que Andreu ordenó a la Policía que dejara de practicar diligencias con los detenidos. A partir de ese momento pasaban bajo su control, aunque siguieran custodiados en comisaría.
El juez dictó el auto a la vista de que no iba a ser posible interrogar a parte de los detenidos, más de 80, antes del plazo legal de 72 horas. A su juicio y al de Anticorrupción, ese plazo de tres días se refiere al que la Policía tiene para poner a disposición del juez a los arrestados. El tribunal, por contra, afirma que ese plazo improrrogable era para dictar el auto de prisión o libertad para cada detenido, no sólo para que quedaran a su disposición.
La Sala se basa en una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (STC 180/2011) que distingue claramente entre detenciones judiciales (ordenadas por el juez) y gubernativas (llevadas a cabo por iniciativa policial). Para las primeras, interpreta que el juez tiene 72 horas para dictar el auto de prisión o libertad, a contar desde el instante mismo del arresto. Para las segundas, ese plazo computaría a partir del momento en que la Policía a su vez en un plazo máximo de 72 horas pone a los detenidos a disposición del juez.
Andreu se situó en este segundo supuesto; según la Sala, estaba en el primero: «Queda fuera de toda duda que estamos ante una detención judicial y no una detención policial». El auto suscrito por Guevara (ponente) y los magistrados Antonio Díaz Delgado y Clara Bayarri afirma que el juez ha hecho «una interpretación errónea y contraria» a la doctrina constitucional.
El cumplimiento de ese plazo de 72 horas sin dictar auto de prisión o libertad «determinó la falta de cobertura legal de la detención del hoy apelante que se vio privado ilegalmente de libertad». El tribunal sugiere que el juez, si veía que se el echaba el plazo encima, podía haber dictado los autos de prisión y, más tarde, practicar los interrogatorios, algo que sí permite la ley.
La nulidad de los autos de prisión es «insubsanable», y no cabe la posibilidad de que Andreu vuelva a acordar su prisión más adelante. Es decir, que en principio seguirán en libertad hasta el eventual juicio. El tribunal indica al juez que puede acordar contra ellos «medidas cautelares, nunca privativas de libertad», como presentaciones periódicas y retirada del pasaporte. De momento, el juez ejecutó ayer la puesta en libertad del Kai Yang cuyo recurso ha sido el primero estimado por la Sala con la sola exigencia de que comunique al juzgado su domicilio.
El juez consideró «necesaria» la prisión de los principales implicados «para conjurar ciertos riesgos relevantes, como la posible, cuando no probable, sustracción a la acción de la Justicia, la obstrucción a la investigación judicial y la presumible reiteración de acciones delictivas de la misma naturaleza».
Anticorrupción estudiaba ayer su reacción a un auto del que discrepa por varios motivos. Entre las opciones barajadas está la de presentar un incidente de nulidad debido a que la Sala, a su juicio, no ha razonado por qué su criterio implica anular los autos de prisión y no sólo los anteriores de puesta a disposición judicial. Aunque también estudiaba solicitar hoy mismo al juez la libertad de la veintena de presos la mitad del total que fueron enviados a prisión con el plazo ya rebasado.
Pese al revés que supone la masiva excarcelación, ésta no implica un menoscabo del material incriminatorio: los indicios contra los imputados persisten incólumes. Eso sí, puede resultar difícil evitar que algunos liberados oculten pruebas o, incluso, que huyan cuando se vean al borde del banquillo.
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