Condenan al empresario que mató a dos miembros de un clan gitano

El TSJA revoca el veredicto del jurado, que absolvió al acusado del doble homicidio, y le impone dos años y medio de cárcel

El Mundo, , 20-06-2012

MIGUEL CABRERA / Almería
El Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (TSJA) ha revocado parcialmente
la sentencia que absolvió
hace un año a José Antonio G. C., un
empresario de Olula del Río que en
marzo de 2009 mató a tiros a dos
miembros de un clan gitano de Albox
que le extorsionaba, y le condena
a dos años y seismeses de prisión
por un delito de homicidio doloso.
La Sala de lo Penal del TSJA ha
estimado parcialmente el recurso
de apelación formulado por el Ministerio
Fiscal, al apreciar una eximente
incompleta de legítima defensa
por entender que el empresario,
«si bien actuó en algún
momento guiado por el exclusivo
ánimo de defensa, es evidente que
en su ejecución de forma consciente
se excedió, intentando con el segundo
disparo –al menor de las víctimas–
asegurar el resultado de su
muerte, lo cual resulta incompatible
con la aplicación de una eximente
completa de legítima defensa».
El fallo revoca el veredicto de no
culpabilidad del jurado popular en el
juicio del caso, celebrado en octubre
de 2011 en la Audiencia de Almería,
que entendió que José Antonio G.C.
disparó contra Juan Petronilo Rodríguez
Torres y Juan Petronilo Rodríguez
Fernánez, tío y sobrino, de 53 y
19 años, respectivamente, en legítima
defensa, algo que alegó el acusado
desde su detención.
El empresario del sector delmármol,
que el pasado sábado cumplió
52 años, afirmó entonces que era
víctima de la extorsión del clan de
los Pertolos desde hacía tiempo, y
que el día del suceso, el 18 de marzo
de 2009, ambos habían acudido
armados a su empresa, Mármoles
Ballester, a primera hora de la mañana
a reclamarle 60.000 euros. Al
escuchar el veredicto que le absolvía,
José Antonio G.C. rompió a llorar
en la sala. No en vano, la Fiscalía
pedía para él 11 años de prisión
por cada una de las muertes.
La sentencia del TSJA declara
como hechos probados que el día
de autos los dos miembros del clan
de los Pertolos se presentaron sobre
las nueve de la mañana en la
empresa del ahora condenado y
mantuvieron una fuerte discusión,
motivada por el dinero que le reclamaban.
En ella, Juan Petronilo
Rodríguez Torres exhibió una pistola
y el empresario una escopeta
de caza que tenía en su despacho.
Terminada la discusión y calmados,
aparentemente, los ánimos, y
cuando ya se encontraban fuera de
la oficina, el mayor de los Pertolos
efectuó varios disparos con su pistola
hacia el interior del despacho.
En ese momento, «y con la intención
de acabar con la vida de Juan
Petronilo Rodríguez Torres», el
acusado tomó su escopeta y efectuó
un disparo que destruyó órganos
vitales y provocó su muerte.
El fallo señala que el acusado, que
se encontraba con su hermano en el
interior de la oficina, «no tuvo otra
formamás adecuada de protegerse
de la agresión de que era objeto, que
valiéndose para su defensa de una
escopeta de caza, arma proporcional
a la utilizada» por su agresor.
Acto seguido, y al ver que el sobrino
del ya fallecido se abalanzaba
sobre su hermano, el empresario hizo
dos disparos contra él, el primero
de forma instintiva, al pensar que
quería acuchillarle con el armblanca
que había mostrado antes.

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