El procedimiento legal para ejecutar una hipoteca

La mitad de las 2.315 viviendas embargadas en cuatro años acabó en un desalojo forzoso

los juzgados navarros han ordenado 1.111 desahucios obligatorios hasta octubre 2011

El tiempo mínimo de un proceso ejecutorio es de nueve meses desde que el banco entra al juzgado hasta el embargo

Diario de Noticias, ana ibarra, 10-02-2012

pamplona. Casi la mitad de las ejecuciones hipotecarias que inician bancos y cajas en Navarra se llevan a cabo mediante desahucios forzosos. O, lo que es lo mismo, los propietarios se resisten a perder su vivienda hasta el último momento y son desalojados por funcionarios judiciales, en ocasiones, con refuerzo policial. La otra mitad no espera a que les echen, se van antes de que les pongan de patitas en la calle.

En los nueve primeros meses del año pasado se produjeron un total de 235 “lanzamientos” – término legal que explica la ocupación de la vivienda por una comisión judicial – por desahucio ordenados por el TSJN. En concreto, 116 correspondieron al primer trimestre, 69 al segundo y 50 al tercero. La tendencia, por tanto, parece a la baja. En 2010, la cifra de desalojos forzosos fue de 344, superior a los 300 de 2009 y a los 232 de 2008. En total, se han producido 1.111 desalojos forzosos desde el comienzo de la crisis, en 2008, es decir, el 48% de las 2.315 viviendas embargadas en ese periodo.

En la última estadística que muestra el Consejo General del Poder Judicial, los lanzamientos vienen a suponer aproximadamente la mitad de las ejecuciones hipotecarias presentadas en los juzgados. En concreto, entre enero y septiembre del 2011 se tramitaron 447 órdenes de ejecución hipotecaria, con una tendencia a la baja conforme avanza el año, teniendo en cuenta que en el primer trimestre fueron 165, 171 en el segundo y 111 en el tercero. 447 en nueve meses frente a las 679 contabilizadas en el 2010 y las 738 del 2009, que fue el año más duro en materia de embargos (en 2008 fueron 451) . Desde 2007 se computan 2.493 ejecuciones. La resta de ejecuciones hipotecarias, que se activa tras el impago de la hipoteca, y lanzamientos o desalojos, arroja la cifra, para el tercer trimestre, de 61 embargos de viviendas voluntarios, es decir, aquellos en los que el propietario no se ha opuesto a marcharse por su propio pie antes de llegar al desahucio.

el paro El ascenso en las cifra de embargos en los últimos años se vincula a la continuación de las altas cifras de desempleo, al porcentaje creciente de trabajadores desempleados que no reciben ninguna prestación y al aumento del número de familias que no pueden hacer frente a sus pagos hipotecarios.

El tiempo mínimo de un proceso de ejecución hipotecaria es de nueve meses, pero muchos superan ampliamente el año, incluyendo el desahucio. En caso de que el ocupante no abandone la vivienda voluntariamente, el nuevo titular (el banco o tercera persona) pasa a promover un desahucio, o pedirá al juzgado que ordene su lanzamiento inmediato. El juzgado señala un día y una hora en la que el nuevo propietario, acompañado de una comisión judicial, puede acudir a la vivienda con un cerrajero. Siempre hay una fecha en la que se comunica al afectado el desahucio, y el funcionario de la comisión judicial asignada llamará a la puerta. Si el piso está ocupado el inmueble se comunica al ejecutado y a quienes comparten con él el piso que se procede a “lanzarles”, y se les insta a que abandonen de inmediato. En caso de negarse, el funcionario solicitará la intervención de la fuerza pública (presencia solicitada con antelación) para que proceda al desalojo forzoso. Si el piso no está ocupado, el funcionario autoriza al cerrajero a forzar la cerradura y abrir la puerta. Se comprueban desperfectos o si falta algún elemento que se hace constar en el acta de lanzamiento que firma el procurador, así como el cerrajero, que cambia la cerradura.

pha Colectivos como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca han logrado paralizar hasta 133 desahucios en todo el país. Y presentará en marzo una campaña para dar a conocer la Iniciativa Legislativa Popular a favor de la dación en pago con carácter retroactivo, una propuesta que ya se presentó sin éxito el año pasado ante el Congreso y que ahora vuelven a formular con el intento de recoger 50.000 firmas. Piden también una moratoria en el pago de la hipoteca. En el resto de países lo usual es que la persona deudora cuando pierde su casa, se la quede el banco y la venda o subaste, pero con ello acaba por completo su deuda. “¿Qué menos que dar un año o dos de respiro a personas que han trabajado sin papeles y se han tenido que buscar la vida?”, remarcan desde la PAH en Navarra en relación con la situación en la que se encuentran muchos inmigrantes. Otro de los temas que denuncia la PAH es la creación de financieras – algunas desaparecidas como las UCI vinculadas a las hipotecas basura comercializadas como fondos de inversión – que actuaron en pleno boom en el seno de las propias inmobiliarias, que “cobraban comisión por tramitar hipotecas, y sin freno en el precio de la vivienda ni en la concesión de créditos”. También, la PHA denuncia la “avaricia” de entidades que han recurrido a subastas extrajudiciales ante notario para recuperar la propiedad de pisos de familias que no pueden pagar hipoteca.

l Del impago a la nueva deuda. El proceso de ejecución hipotecaria se inicia cuando han pasado entre 90 y 120 días desde el impago de la última letra del préstamo, entonces la entidad bancaria inscribe al deudor dentro del registro de morosos. A continuación, pasar a exigir el pago de la deuda, bien por vía judicial o mediante un requerimiento extrajudicial. Si en ese momento se puede renegociar las cuotas con el banco, vender la vivienda o hacer frente al pago de alguna manera, el proceso se detiene. Si continúa, se llega a la subasta, normalmente cuando han transcurrido entre 8 y 18 meses desde que se inició el proceso. El último paso es el lanzamiento judicial, momento en el que los propietarios, forzosamente, deben abandonar la vivienda. La deuda con el banco no queda saldada, deberá abonar el resto no cubierto con el valor de la vivienda en subasta y, si no es así, el banco comenzará a embargar los bienes de los propietarios, hasta la cantidad permitida por ley, para hacer efectivo el pago.

l La tasación para la subasta. Lo habitual es que a los dos o tres meses de no poder pagar las letras se inicie la ejecución. Desde que se activa hasta que se procede a la subasta transcurren unos 200 días. Después de la subasta transcurren dos o tres meses hasta que llega el desahucio. Cuando la vivienda sale a subasta su valoración se toma de la tasación que se hizo para conceder el préstamo hipotecario. La convocatoria de la subasta se realiza mediante anuncios en los tablones de anuncios de ayuntamientos, registro de la propiedad, y boletines oficiales de la provincia. El día de la convocatoria se comparan todas las pujas realizadas por la vivienda subastada y se adjudica al mejor postor. Si nadie ha pujado por encima de los mínimos legales el banco puede quedarse la vivienda para sí o para que se ponga a nombre de un tercero. Desde ese momento, el deudor deja de ser propietario de la vivienda.

l El banco se la queda al 60%. Con el Real Decreto aprobado en julio del 2011, el Gobierno estatal eleva del 50% al 60% del valor de tasación el límite mínimo para la adjudicación del bien en los casos en los que el acreedor solicite adjudicarlo por importe inferior a su valor. En subastas sin postor, se impide cualquier adjudicación inferior al 60% del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total. Asimismo, rebaja del 30% al 20% del valor del piso el depósito necesario para acudir a las subastas. La cuantía de los ingresos inembargables, una vez ejecutada la hipoteca y subastado el bien, pasa a 961 euros en el caso de individuos o parejas sin cargas familiares. Una familia con dos miembros de su familia nuclear sin ingresos propios verá elevado el límite de inembargabilidad hasta 1.350 euros, 1.500 si tiene personas dependientes.

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