Condenado a 16 años por asesinar con alevosía a un hombre en Bilbao

El Correo, I. ALAVA, 20-12-2011

La Audiencia de Bizkaia ha condenado a 16 años de prisión – uno menos de lo solicitado por la Fiscalía – al joven argelino acusado de matar a un vecino de Bilbao de 58 años, J. F. J. A, en su domicilio de la calle La Cruz en junio de 2009. Además, el homicida, de 24 años, deberá indemnizar a la familia de la víctima con 150.000 euros. El juicio, celebrado con tribunal popular el pasado mes de noviembre, concluyó con un veredicto de culpabilidad por unanimidad. El jurado considera probado que, entre el 26 y 28 de junio de 2009, el condenado, Y. B., de 24 años y en situación irregular en España, accedió junto a J.F.J.A al domicilio de éste y, una vez allí, «por razones no precisas», le empujó contra el armario y le golpeó en la cabeza. El impacto le causó un traumatismo craneoencefálico «que le dejó en situación de inconsciencia o aturdimiento».

Aprovechando esa situación, que «eliminaba cualquier posibilidad de defensa», y mientras se encontraba tumbado en el suelo, el acusado se colocó sobre el hombre, inmovilizándolo y provocando su muerte por un cuadro de insuficiencia cardio – respiratoria aguda, ocasionada por un doble mecanismo de asfixia, tanto por estrangulamiento como por sofocación. El fallo precisa que la primera maniobra se llevó a cabo con una pesa y la segunda, con otro objeto blando, probablemente una de las almohadas encontradas en el dormitorio, «capaz de obturar los orificios respiratorios».

Durante el juicio oral, Y. B. explicó que la víctima le propuso mantener relaciones sexuales y que él accedió. El jurado rechazó por «incoherente» el relato del acusado en el que aseguró que, cuando abandonó la vivienda, la víctima estaba viva e insinuó que dos individuos de origen marroquí que le acosaban podían haber sido los autores del crimen.

El tribunal considera probada la presencia del acusado en el domicilio de J. F. J. A, tanto por las huellas y otros restos biológicos encontrados en la habitación donde tuvo lugar el homicidio, como por el testimonio de una vecina que le vio en las inmediaciones del portal y en la ventana de la vivienda aquel fin de semana fumando un cigarrillo. No obstante, no ha quedado certificado que abandonase la casa dejando al hombre con vida ni la presencia de otras personas en el domicilio.

Sin posibilidad de defensa

El fallo destaca que la defensa incidió en que la muerte se produjo entre las 17.00 horas del domingo y las cinco de la mañana de lunes, por lo que necesariamente debieron ser otras personas las autoras del crimen. Pero el jurado cree que debe tenerse en cuenta el lapso de error en el cálculo forense sin que pueda considerarse el dato como «incontestable».

El tribunal aprecia que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato con alevosía, ya que la víctima no tuvo «ninguna posibilidad de defensa». En la sentencia, se advierte además de que no hay «rastro ni signo alguno de lucha», lo que confirma que J. F. J. A no podía defenderse y que esta situación fue buscada por el acusado. Asimismo, se advierte de que Y. B. había sido invitado a entrar al domicilio y que esa situación de confianza «incrementa la gravedad de lo ocurrido».

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