JUSTICIA

Condenado un matrimonio por practicar la ablación a su hija

El Día, efe, 17-11-2011

La Audiencia de Teruel ha condenado a seis años de prisión al padre de la niña que fue sometida a ablación (mutilación genital) ocho meses después de su nacimiento, y a otros dos años a la madre al entender que incurrió en una conducta errónea al desconocer que esta práctica era ilícita en España.

La sentencia argumenta que el matrimonio, ambos de nacionalidad gambiana, decidieron de común acuerdo, “bien directamente o bien a través de una persona de identidad desconocida”, extirpar el clítoris a su hija movidos por sus creencias religiosas y culturales.

El tribunal considera que el acusado, Mamadou D., era conocedor de la prohibición de la práctica de la ablación en España, pero no su esposa, Nyuma S., por lo que rebaja la condena solicitada para ella por la fiscalía.

Los magistrados condenan al matrimonio por un delito de lesiones con mutilación genital por medio de la ablación, una práctica que, según argumentan, “persigue controlar la sexualidad de la mujer”.

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