FOMENTO DE UN PRECEPTO RECOGIDO EN EL CÓDIGO PENAL
Los presos sin papeles cumplirán media pena si regresan a su país
Justícia impulsa la medida para desmasificar los centros penitenciarios La propuesta será solo para extranjeros irregulares castigados a menos de seis años
El Periodico, , 02-09-2011La Conselleria de Justícia ofrecerá a los presos extranjeros sin papeles la posibilidad de cumplir la mitad de la condena impuesta por el juez (hasta un máximo de seis años de cárcel) a cambio de ser expulsados de España y retornar a su país de origen. Este es uno de los aspectos que recoge una circular de la Direcció de Serveis Penitenciaris, que entrará en vigor el 15 de septiembre, en la que por primera vez se establecen los mecanismos aplicables a los internos foráneos sin residencia administrativa reglada. En la actualidad, la población reclusa extranjera en Catalunya supone el 45,4% del total (4.885 personas de 10.751). Unos 2.000 de estos presos no tienen los papeles en regla. La medida persigue, según Justícia, desmasificar los centros penitenciarios.
Las sucesivas reformas legislativas sobre extranjería y en materia penal apuestan por las políticas de retorno a los países de origen de las personas extranjeras que cometan determinados delitos y, en especial, de todas aquellas que no tengan regularizada su situación administrativa. El artículo 89 del Código Penal establece que las penas privativas de libertar inferiores a seis años impuestas a un extranjero en situación irregular serán sustituidas en la sentencia por su expulsión del territorio español, salvo que se aprecien razones que justifiquen lo contrario. Eso sí, el inmigrante expulsado no podrá regresar a España en un plazo de cinco a 10 años. Los datos oficiales desvelan que el 37,70% de inmigrantes presos están en la cárcel por tráfico de drogas y el 32,02%, por robos
PRIMAR EL RETORNO Hasta ahora, esta medida, que debe ser acordada por la autoridad judicial, apenas se ha aplicado y de ahí que, en la actualidad, exista un porcentaje importante de reclusos con estas características. La maquinaria para hacer cumplir este precepto se ha puesto en marcha. La Fiscalía de Barcelona ya está primando la expulsión de los simpapeles a enviarlos a prisión y la Conselleria de Justícia ha reorganizado el procedimiento que pasa, sobre todo, por informar a estos recluso de su situación y la posibilidad de acogerse de forma voluntaria a retornar a su país. En casos conflictivos no se descarta forzar su salida.
«Hay un porcentaje importante de reclusos que no tienen permiso de residencia, ni trabajo. No hay visos de que lo tengan en un futuro y menos con la crisis. Cuando salgan a la calle, estas personas tiene muchas posibilidades de que la policía los detenga por no tener papeles y los expulse o de que reincidan y vuelvan a ingresar en la cárcel. No se cumple, por tanto, el principio de rehabilitación recogido por la Constitución», explica Ramón Parés, director general de Serveis Penitenciaris de la Generalitat.
ANTE EL FISCAL De ahí que con la circular se abra la puerta a estos reclusos para que después de cumplir la mitad de la condena la autoridad judicial acuerde su libertad condicional y su repatriación. «El problema es que nunca se les ha hablado claro. A partir de ahora, se les informará de que pueden ahorrarse si quieren la mitad de la pena y volver a su país en libertad», detalló Parés. La circular precisa que la voluntariedad no es una exigencia legal pero que es recomendable. Si no se puede conseguir este requisito, la Unidad de Gestión Penitenciaria debe comunicar a la fiscalía que el recluso sin papeles ha cumplido la mayor parte de la condena impuesta, en aras a que se pueda plantear al juez la sustitución de la pena por la expulsión.
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