El Supremo tumba el recurso al reglamento de Extranjería
La Verdad, , 27-05-2011Inmigrantes en la gasolinera del Rollo, en Murcia. :: G. CARRIÓN / AGM
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado un recurso presentado por la Comunidad Autónoma contra el real decreto que en julio de 2009 modificó varios artículos de la Ley de Extranjería, que regula los derechos y libertades de los inmigrantes y establece las competencias de las distintas administraciones.
El Gobierno regional pidió la modificación de algunos de estos artículos en lo relativo a las competencias de las distintas administraciones. El Ejecutivo consideró que el reglamento de 2009 era contrario a la Constitución porque el conjunto de previsiones reguladoras de entrada, permanencia y salida de los extranjeros del territorio español debe ser, de acuerdo a la Carta Magna, competencia del Gobierno central. El recurso fue admitido a trámite en diciembre de 2009, pero ahora ha sido finalmente desestimado.
El reglamento regula la emisión de autorizaciones de residencia y trabajo, y señala que las comunidades tiene competencia para otorgar la autorización inicial de trabajo en su territorio. El Supremo considera que no hay nada que excluya la posibilidad «de que en los aspectos estrictamente laborales la autorización inicial correspondiera a las comunidades autónomas», que tienen «competencias ejecutivas en materia laboral».
Cobertura legal
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo asegura que la reforma reglamentaria cuenta, en contra de lo que afirmaba la Comunidad Autónoma, con la cobertura legal de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009 de 11 de diciembre. El alto tribunal advierte también de que las competencias del Estado en materia de extranjería no pueden vaciar de contenido las competencias autonómicas. Es decir, la Comunidad debe asumir sus propias competencias, según la sentencia.
El Gobierno central aprobó en julio de 2009 un reglamento que aclaraba las cuestiones competenciales – aspecto recurrido por la Comunidad – tras una modificación de la Ley de Extranjería en junio que establecía otro tipo de cambios, como el aumento del periodo máximo de permanencia en los centros de internamiento de inmigrantes (CIE) de los ‘irregulares’. Se pasó de 40 a 60 días. También se regularon los recursos que los inmigrantes pudiesen presentar contra sus órdenes de expulsión y se permitió a las ONG supervisar los centros de reclusión. Además, la nueva Ley de Extranjería limitó la reagrupación familiar, se favoreció a las mujeres que sufriesen violencia de género y se aprobaron nuevas herramientas en la lucha contra el tráfico de personas.
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