El trabajo de camarera de alterne no existe
La Verdad, , 23-03-2011La Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha anulado por prescripción la multa de 192.000 euros impuesta al dueño de un club de alterne, que alegó en su defensa que si no tenía contratadas a las 32 camareras inmigrantes que trabajaban allí era porque esa actividad «no es legal». En concreto, alegó que «no existe posibilidad de solicitar al Servicio de Empleo la ocupación específica de camarera de alterne, ya que éstas no pueden inscribirse como tales».
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