Un reglamento en respuesta a nuevos tiempos

La Verdad, FULGENCIO PUCHE OLIVA, 27-02-2011

Se podría decir que el Reglamento de Extranjería es uno de los principales instrumentos con los que cuenta el Gobierno de España para gestionar la inmigración, en una etapa histórica donde hemos pasado de ser un país de emigrantes a ser un país y una región donde predomina la inmigración.

Nuestras ciudades y nuestras calles han visto cómo en los diez últimos años ha variado su paisaje humano, con una mayor riqueza cultural, producto de esa mayor variedad y mezcla intercultural.

Lo que ha caracterizado el fenómeno migratorio, en estos últimos años, ha sido la llegada masiva de ciudadanos inmigrantes que venían a trabajar. La profunda crisis que ahora padecemos ha dejado claro que el único ‘efecto llamada’ ha sido el trabajo. En un primer momento, en la agricultura, y después provocada por la ‘burbuja Inmobiliaria’ que ha alentado esa llegada masiva de inmigrantes (en la Región de Murcia hay 207.339 regularizados, el 14% del total de la población).

Pero a esa etapa sigue una nueva, donde la llegada de inmigrantes se ha frenado. Incluso hay una leve tendencia al retorno. La población inmigrante en la Región de Murcia es una población estable y que sostiene dos sectores económicos de gran importancia: la agricultura y los empleos ligados a la asistencia a personas mayores y dependientes en general.

La riqueza humana, cultural y demográfica, con la repercusión económica que ello comporta, hace que el fenómeno migratorio deba ser considerado como una fortaleza y como una oportunidad. Esto descalifica también a quienes, en época de crisis económica, pueden caer en la tentación de buscar culpables de su situación de paro en la inmigración. Los inmigrantes están comprometidos, junto con el resto de ciudadanos, a sacar esta Región de la situación de la profunda crisis que padecemos.

En esta realidad tan cambiante, coherente con la nueva situación, se hacía necesaria una reforma normativa, que se inició a finales de 2009 con la reforma de la Ley de Extranjería y que ahora se completa con el desarrollo reglamentario, estando, en este momento en el trámite de audiencia pública en la Mesa de Diálogo Social, Foro para la Integración Social de los Inmigrantes y en la Conferencia Sectorial de Inmigración, entre otros.

Se le puede achacar a este borrador que haya sufrido un retraso de más de seis meses. Ello es irrelevante si, al final, es un documento producto de la participación y aportaciones de los sectores implicados en el hecho migratorio: administraciones, agentes sociales, ONG y asociaciones de inmigrantes.

Se pretende que sea un instrumento que dé respuesta a ese cambio de ciclo migratorio que se ha producido, que exige el perfeccionamiento de los mecanismos de gestión, pero que también exige poner mayor énfasis en la integración. Se pretende dar respuesta, también, a una mayor transparencia y objetividad a los procedimientos vinculados a la extranjería, consolidando un modelo basado en la regularidad y vinculado al mercado de trabajo.

Este reglamento trata, por tanto, de descender al detalle para aportar más claridad y dar respuesta a problemas complejos, protegiendo también a aquellos extranjeros que se encuentran más desprotegidos. En esta línea cabe citar la protección especial que contempla para las mujeres inmigrantes irregulares que denuncian maltrato, a las que no se les abrirá expediente de expulsión o se les suspenderá si ya lo tuvieran. Esta medida se adoptará, en espera de que se produzca un informe del Ministerio Fiscal que determine indicios de violencia de género, o una sentencia o auto judicial con medidas de protección.

Se pretende que ponga fin al miedo y la desprotección de estas mujeres, que hasta ahora no se atrevían a ir a denunciar por miedo a que se le incoara expediente de expulsión, situación utilizada por el maltratador para seguir practicando tan execrable conducta.

Relacionado con los menores, es de resaltar que se protegen las situaciones de aquellos que, siendo españoles, podían quedar en situación de desprotección, al no ser sus padres residentes. Así, en estos casos, previa demostración de que el menor está a cargo y convive con el padre o la madre, éste podrá obtener la autorización de residencia.

También se favorece, a través de la contratación en origen, que se puedan cubrir las necesidades de mano de obra cualificada que sea escasa en la Región, simplificando trámites y acortando plazos de tramitación.

En definitiva, nos encontramos ante un exhaustivo reglamento (264 artículos). Acorde con los nuevos tiempos y la política migratoria del gobierno de España, que es una política integral, global y que tiene como pilares básicos la regularización de los flujos migratorios, vinculados a la realidad del mercado laboral, el refuerzo de la lucha contra la inmigración irregular y las redes de explotación de seres humanos y el fortalecimiento de las políticas de integración.

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