ley de extranjería

El Gobierno español dará papeles a los inmigrantes con hijos nacionalizados

Las extranjeras que denuncien maltrato no podrán ser expulsadas antes del juicio

Deia, europa press, 09-02-2011

madrid. El Gobierno español otorgará permiso por arraigo a los inmigrantes cuyos hijos tengan la nacionalidad española, según se desprende del borrador del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería, publicado ayer por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. Este requisito forma parte de una nueva figura denominada arraigo familiar, mediante la cual se regularizará la situación de los padres de los menores con nacionalidad española, siempre que el niño esté a cargo del progenitor que solicite la autorización y conviva con él. Asimismo, se otorgará este arraigo cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

El Reglamento también concreta las figuras de arraigo laboral y arraigo social. El primero determina que podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en el Estado durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en su país de origen o en los países que hayan residido durante los últimos cinco años y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.

En cuanto a la residencia temporal por razones de arraigo social, el Gobierno establece que se otorgará a los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en el Estado durante un período mínimo de tres años. Además, tendrán que carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años y contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud para un periodo que no sea inferior a un año. Sobre el arraigo, desde la secretaria de Estado de Inmigración señalaron que se trata de un remedio jurídico a una situación de irregularidad, al tiempo que subrayaron que se trata de un asunto “excepcional”. En esta linea, advirtieron de que la figura del arraigo “tiene que ser cada vez más excepcional ya que en el Reglamento se encuentra bajo el epígrafe de residencia por circunstancias excepcionales”.

inmigrantes maltratadas Por otra parte, el Gobierno anunció también que pretende elevar la protección a las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género. De esta manera, si denuncian, y la sentencia es condenatoria para el maltratador, se les otorgará a las víctimas un permiso de residencia y de trabajo durante cinco años, sin perjuicio de la posibilidad de acceder durante este tiempo a la situación de residencia de larga duración, previa solicitud.

Además, el Reglamento establece, como novedad, la autorización temporal de residencia a los hijos menores de edad de las extranjeras que sufren maltrato y, en su caso, los mayores de 16 años también contarán con un permiso de trabajo. “En este país no se expulsa a las víctimas de violencia de género, ni a las víctimas de trata, que quedan protegidas contra la expulsión en los términos en que establece la ley”, aseguró la secretaria de Estado.

Por el contrario, de haber concluido el proceso con sentencia no condenatoria o resolución de la que no se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, se le denegará las autorizaciones, tanto a la denunciante como a sus hijos y se reanudará el proceso sancionador en materia de extranjería – lo que conllevaría la expulsión del país – inicialmente suspendido.

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