Absuelto el dueño de un club de alterne de Águilas al no saber cuánto cobran sus 'gogós'
La Verdad, , 08-12-2010La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia de un juzgado de lo Penal de Lorca que condenó al propietario y al encargado de un local de alterne por un delito contra los derechos de los trabajadores. El tribunal ha dictado esta resolución judicial al entender que no se ha probado lo que cobraban trece «bailarinas gogó» y, por tanto, se desconoce si su sueldo era inferior al mínimo.
La sentencia indica que el juzgado de lo Penal, en su resolución de enero de 2009, declaró como hechos probados que durante una visita al «Club Talismán», ubicada en la carretera de Águilas, agentes de Policía y un inspector de Trabajo descubrieron la presencia de trece mujeres y un hombre. Todos ellos eran de países del Este y carecían de contrato de trabajo.
El juez precisó también que el dueño del local suscribió en un principio contrato con las mujeres como bailarinas gogó, que presentaba en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Almería, con validez de tres meses. Pasado este tiempo, «suscribía contrato con ellas como profesoras de equitación, que no presentaba en la Administración».
Así, añadía la sentencia del Juzgado, «estas mujeres carecían de contrato, Seguridad Social, permiso de trabajo y de residencia, siendo enviadas al club, donde no se ejercía la prostitución, pero las empleadas tenían que desnudarse en ocasiones».
La Audiencia ha anulado la condena de dos años de prisión impuesta al propietario del club y a su encargado por un delito continuado contra los derechos de los trabajadores, con la atenuante de dilaciones indebidas. Dice la Sala que «a pesar del importante número de presuntas trabajadoras perjudicadas, ninguna de ellas, salvo la denunciante y una contratada legal, hacen manifestación alguna esclarecedora de los hechos
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