agresión realizada en 2006

Condenado a ocho años de cárcel por violar a una mujer en el hogar del transeúnte de Donostia

El acusado deberá pagar una indemnización de 6.000 euros por la agresión realizada en 2006

Diario de noticias de Gipuzkoa, efe, 03-12-2010

Donostia. La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a ocho años de prisión a un ciudadano argelino por violar a una mujer en el hogar del transeúnte de Donostia, que la había acogido tras su llegada procedente de un país latinoamericano cuatro días antes, en la Navidad de 2006.

El tribunal, según la sentencia, considera probado que la agresión sexual se produjo después de que el procesado consiguiera que la víctima confiara en él, ya que se había ofrecido a acompañarla a buscar trabajo y alojamiento y a diversas instituciones como Cáritas y la Cruz Roja.

La mujer, que había dormido la noche del 25 de diciembre en casa de una compatriota, llegó al hogar del transeúnte el día 26 y esa misma noche el acusado ya le dijo que la ayudaría. Pasaron juntos muchos momentos hasta la noche del día 28, cuando subió a su habitación, se acercó a la víctima, la empujó y le susurró al oído: “No grites, a ti nadie te va a creer, y a mí no me pueden hacer nada porque estoy protegido por el albergue y la Cruz Roja”.

En ese instante empezó a tocarla y, después de que ella se negara a besarle y a practicarle una felación, la penetró vaginalmente, para lo que utilizó un preservativo que luego se llevó. La mujer no se atrevió a relatar lo sucedido a las trabajadoras de la Cruz Roja y Cáritas con las que se entrevistó al día siguiente, acompañada además por su agresor. Sin embargo, sí se lo dijo a una compatriota, que se lo comunicó a su marido, quien le animó a denunciar los hechos para que el acusado no repitiera lo mismo con otra mujer.

El violador, que ahora tiene 42 años de edad y para el que el fiscal había solicitado nueve años de prisión, ha sido condenado a ocho años como autor de un delito de agresión sexual y a indemnizar a la víctima con 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil. La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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