Deniegan el permiso de residencia a un inmigrante por maltratador

La Verdad, EFE, 26-11-2010

La Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha respaldado la denegación por parte de la Delegación del Gobierno en Murcia de la autorización de residencia permanente en España a un inmigrante condenado por un delito de malos tratos .El TSJ rechaza así el recurso presentado por este hombre contra una sentencia anterior de un juzgado de lo contencioso, que desestimó su reclamación contra el acuerdo gubernativo, adoptado en marzo de 2007.

En su recurso, el apelante alegó que residía desde hace años en España y que aquí tenía familia, pues es padre de dos hijos que tienen la nacionalidad española. En cuanto a sus antecedentes por malos tratos, en los que se basó la delegación del Gobierno para no acceder a la concesión de la residencia permanente en el país, el varón alegó que el juzgado de Totana que lo condenó por los malos tratos había acordado dejar en suspenso la condena por un delito de malos tratos por un periodo de dos años.

Al responder a esta argumentación, dice la Sala que «olvida el apelante que la autorización solicitada no es automática, pues la normativa legal dice que, recibida la petición, el órgano competente recabará de oficio el correspondiente certificado de antecedentes penales, así como aquellos informes que estime pertinentes para la tramitación y resolución del procedimiento». Al desestimar su recurso, el TSJ lo ha condenado a pagar las costas procesales generadas por su presentación.

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