Mª Luisa Cava de LLano. Defensora del pueblo en funciones
«La ley impide decidir la lengua que se quiere aprender primero»
El Mundo, , 19-08-2010María Luisa Cava de Llano, catalana y catalanoparlante, ha sido 10 años adjunta al Defensor del Pueblo y lleva mes y medio dirigiendo la institución en funciones. Atribuye su decisión a la sentencia del TC sobre el Estatut y defiende de su responsabilidad con los ciudadanos para tomar decisiones mientras se decide un nuevo nombramiento para el cargo.
Pregunta.- ¿Qué aspectos de posible inconstitucionalidad ha encontrado en la Ley de Acogida?
Respuesta.- Nuestro recurso se centra única y exclusivamente en un artículo, el 9 concretamente, puesto que establece un sistema de preferencia lingüística absoluta del catalán sobre el castellano en la formación, la información y la prestación del servicio de primera acogida para inmigrantes y personas regresadas a Cataluña. Esa preferencia, que en la práctica es un monolingüismo, va en contra del artículo 3 de la Constitución y es directamente contraria a lo que el Tribunal Constitucional ha dicho al examinar Estatuto de Autonomía de Cataluña. El Tribunal ha anulado el carácter preferente que se pretendía que otorgar al catalán. Ésa ha sido una consideración esencial a la hora de decidir la presentación del recurso, ya que teníamos que actuar en coherencia con nuestra postura respecto del Estatuto. La ley dice que el catalán será la lengua de la integración y que deberá acreditarse su conocimiento antes de plantearse siquiera conocer el castellano. Esto va más allá de la primera acogida y quita a los usuarios toda capacidad de decisión sobre la lengua que quieren aprender en primer lugar. [La defensora fue más allá en declaraciones a la cadena Ser al afirmar que los extranjeros «se integran perfectamente» en castellano y que «no es necesario que hablen catalán»]
P.- El Consejo de Garantías Estatutarias catalán dio su visto bueno a la norma. ¿Cree que se precipitó?
R.- Este órgano actuó antes de que se conociera la reciente sentencia sobre el Estatuto de Cataluña.
P.- ¿Ha tenido en cuenta la comparación con otras normas autonómicas, como la valenciana de 2008?
R.- El examen de cada solicitud de inconstitucionalidad se hace sobre la base de la propia Carta Magna, los tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia del TC complementada, de resultar necesario, con la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
P.- En Cataluña han cuestionado que el Defensor del Pueblo no haya esperado a la renovación del cargo.
R.- El recurso de inconstitucionalidad tiene un plazo de tres meses desde la publicación de la norma para su interposición. Había que tomar una decisión y la tomé después de consultar con los servicios jurídicos de la institución. El hecho de encontrarme en funciones no puede significar una limitación, ni menos aún una autolimitación, en el ejercicio de las atribuciones que le corresponden a esta institución. Los ciudadanos no se merecen una respuesta disminuida, y los problemas surgen cuando surgen y las instituciones están para resolverlos.
P.- ¿Qué opina de las consideraciones de «agresión al autogobierno» y de «ataque imperialista» hechas desde el Govern y desde CiU?
R.- Mi actuación está sujeta a la crítica, pero determinadas actuaciones me parecen salidas de tono a la búsqueda de notoriedad y no creo que merezcan mayores comentarios.
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