El fenómeno de la delincuencia juvenil
ABC, , 13-05-2010Desde la entrada en vigor de la vigente Ley de Responsabilidad Penal de Menor, hace casi 10 años, el mapa sociológico de nuestro país ha experimentado importantes modificaciones, toda vez que, inicialmente, la incidencia de los menores en el ámbito de la delincuencia afortunadamente era escasa, si bien, con el transcurso de los años se ha experimentado un considerable incremento de la carga de trabajo que tienen que soportar los Juzgados de Menores. Una situación motivada por el incremento de la población en nuestro país, mayor agresividad juvenil, aparición de nuevas formas de criminalidad, introducción de bandas juveniles dedicadas a actividades delictivas, así como la utilización de menores por parte de bandas organizadas, que explotan a los mismos.
Precisamente la progresiva introducción de «las maras», grupos latinos de origen centroamericano, en España, ha venido propiciado por la similitud de culturas, idioma y el fenómeno de la inmigración, constituyendo una peculiaridad específica en el ámbito de la delincuencia del menor, no operativa en la actividad delictiva de los mayores de edad penal.
Resulta curioso, asimismo, que los comportamientos delictivos que se producen en los mayores de 18 años, se repiten miméticamente respecto a los menores, donde se observa, con preocupación, un alarmante descenso en la edad en que se inician en el delito, «profesionalizándose» en dicho quehacer ilícito a los 14 y 15 años.
Todo ello, sin perjuicio que en edades inferiores a los 14 años, donde están exentos de responsabilidad penal, existan bastantes casos de conflictividad y delincuencia, siendo inocua la legislación prevista para tales supuestos, al carecer la Ley Jurídica de Protección del Menor de medidas de contención y no existir control judicial, que imponga el cumplimiento de las medidas que pudieran acordarse.
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