SANTIAGO CERVERA SOTO
El velo y la gorra
Diario de Navarra, , 30-04-2010L A controversia de si se debe permitir el uso del velo en lugares públicos no es fácil de resolver. Probablemente por ello es recurrente. Y no sólo en España, país próximo a Marruecos y Argelia. Lo mismo ocurre en Francia, Gran Bretaña u Holanda. Conviene discernir de qué estamos hablando, aunque el mero análisis no conduce a conclusiones taxativas.
Cristianos, judíos, musulmanes e hindúes han utilizado a lo largo de siglos prendas de vestir relativamente similares, destinadas a tapar determinadas partes del cuerpo, especialmente en la mujer. La inicial impresión al ver a una niña acudir cubierta con el hiyab al colegio es que se trata de un deber religioso, una expresión pública de su credo. Aquí radica la primera disquisición. No está tan claro que sea una imposición del Corán, sino tal vez un signo cultural previo. El burka, expresión extrema del cubrimiento corporal, era utilizado por las mujeres pashtunes antes de la llegada del Islam. La mayoría de los países árabes se encuentran en zonas desérticas, donde hombres y mujeres han utilizado durante milenios prendas para protegerse la cara del viento y la arena. Pero también es verdad que con el tiempo la prenda pasó a adquirir un significado religioso.
Llegamos a la segunda disquisición: si se trata de un signo de sometimiento de la mujer. En algunos casos, aunque no en todos, es evidente que lo es. El velo es impuesto por los varones de la familia a la mujer como muestra de su protección, y por tanto entrega. Aquí radicaría una razón para prohibirlo en lugares públicos. Si vivimos en una sociedad en la que todas las personas tienen iguales derechos, no es necesaria esa protección familiar, es el Estado el que debe garantizarnos la salvaguardia frente a terceros. Pero tampoco aquí se debe generalizar. Millones de mujeres usan el velo de manera completamente libre, como signo meramente cultural, y sin que por ello dejen de utilizar otras prendas de vestir más atrevidas, o que ellas mismas se embellezcan como lo haría cualquiera en un país occidental. Ejemplos patentes existen por doquier. Benazir Buttho, expresidenta de Pakistán que fue asesinada por grupos islamistas; la premio Nobel y defensora de los derechos humanos en Irán Shirin Ebadi; Malalai Joya, política afgana; o la mismísima Rania de Jordania. Cualquiera de ellas es un ejemplo que desmiente la sumisión a dictados del integrismo religioso o de sometimiento al varón, aun llevando velo habitualmente. El hiyab en sí no prejuzga nada. Caso distinto es el del burka, el niqab (prenda que cubre desde la cara hasta la rodilla) o el chador (usado al salir de casa, especialmente en Marruecos, y que cubre el cuerpo entero a modo de túnica oscura).
Una tercera disquisición es estrictamente política. Se refiere al modo en que se quiere ordenar un uso social que, como vemos, admite muchas connotaciones aunque ninguna sea categórica. De nuevo nos encontramos ante el dilema de tener que equilibrar la libertad personal y la certidumbre social. O, dicho de otra manera, la mirada personal (cada mujer que usa el velo, con las circunstancias que le son propias) frente a la mirada heteróloga (la de una sociedad occidental que experimenta la llegada de personas de países social, cultural y religiosamente muy distantes). Y es entonces cuando se plantean decisiones sobre si es respetuoso con la libertad prohibir cualquier tipo de símbolo religioso en los espacios públicos, o si el Estado es quien debe autorizar determinados modismos culturales. Por más vueltas que se le dé, no se encuentra una solución taxativa a esta poliédrica discusión. Aunque al menos hay alguien que ha llegado a una conclusión: un velo no es una gorra.
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