LA POLÉMICA SOBRE EL EMPADRONAMIENTO DE LOS INMIGRANTES

El dictamen de Roca Junyent dice que el alcalde de Vic no ha infringido la ley

Vila d´Abadal solicita a Interior que se pronuncie sobre los criterios del padrón

La Vanguardia, , 19-01-2010

JOSEP PLAYÀ MASET – Barcelona

El alcalde insta a Pérez Rubalcaba a que diga si se puede empadronar a quien no tiene visado
El Ayuntamiento de Vic le ha devuelto la pelota a sus detractores y ayer mismo entró una instancia en la subdelegación del Gobierno de Barcelona dirigida al ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, donde le pide que responda por escrito sobre los requisitos exigibles para el empadronamiento de los extranjeros no comunitarios. Esta petición se basa en el dictamen emitido ayer mismo por el bufete de abogados Roca Junyent, donde se señala que el marco legislativo actual “plantea dudas” sobre las exigencias legales a los extranjeros y añade que es competencia del Ministerio del Interior dirimir sobre “la validez o suficiencia de los pasaportes que no cuenten con el preceptivo visado”.

Pero lo que más ha tranquilizado al alcalde de Vic, Josep Maria Vila d´Abadal, es una frase contenida en el documento remitido por el bufete que dirige el ex constitucionalista y diputado de CiU Miquel Roca Junyent. En concreto aquella en que dice que “la actuación del Ayuntamiento de Vic no puede ser tachada de ninguna de las maneras como incorrecta o contraria a la ley”.

El informe se basa en el apartado 2 del artículo 25 de la ley orgánica 4/ 2000 que regula los Derechos y las Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, donde se señala que el requisito para la entrada en territorio español es el pasaporte y que para aquellos ciudadanos que no pertenezcan a la Unión Europea o a países que tengan convenios especiales con España será necesario un visado. Asimismo el apartado 2. b del artículo 27 indica que el visado habilita a permanecer en España y este texto se relaciona con el artículo 15 de ley de Bases de Régimen Local, que establece la inscripción en el padrón municipal “como una obligación de todos los que residen habitualmente en un municipio de España”. Todo ello lleva a decir que “no corresponde a este Ayuntamiento de Vic la interpretación sobre cuáles son los pasaportes que pueden tener la consideración de válidos”. Y de ahí la pregunta a Interior de si “se ha de considerar como válido y suficiente un pasaporte que no cuente con el preceptivo visado”.

La instancia entregada ayer por el alcalde acaba con una petición al ministerio para que responda “a los efectos de validar, en su caso, la actuación de esta corporación municipal, o señalar, en todo caso, cuál tiene que ser la que se corresponda al más estricto cumplimiento de las normas legales, internas y comunitarias, que resultan de aplicación”.

Roca Junyent parte del supuesto de que Vic intentaba impedir el padrón no a todos los sin papeles,es decir, a todos aquellos que no tuviesen el permiso de residencia o trabajo, sino tan sólo a aquellos que no disponen de visado.

El primer apoyo público al alcalde le vino del vicepresidente de la Generalitat, Josep Lluís Carod-Rovira, quien instó a Interior a definir las condiciones de empadronamiento. Según Carod, es “necesario que el ministerio diga la documentación que imprescindiblemente debe solicitarse, y a partir de aquí todos los ayuntamientos deben actuar en consecuencia”. Remarcó que es un tema que debe tratarse con una “gran sensibilidad y mucho sentido común”, ya que precipitarse puede ser “dañino”.

Por otro lado, el presidente del Congreso, José Bono, ha convocado el jueves por la mañana una reunión de la diputación permanente, el órgano que sustituye al pleno en los periodos no ordinarios de sesiones, para decidir si el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha de responder al PP sobre el tema de Vic.

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