Rechazan juzgar a los detenidos de Falange y Tradición

La Audiencia Nacional se niega a asumir la causa y alega que no es su competencia

Diario de noticias de Gipuzkoa, a.álvarez, 08-01-2010

donostia. ¿Quién debe juzgar a los grupos ultraderechistas, a los neonazis? Si se entienden sus acciones como delitos comunes, deberían hacerlo los tribunales provinciales, pero si por el contrario se considera que estos grupos alteran la paz pública, debería hacerse cargo la Audiencia Nacional. Esta duda competencial, que ha provocado una guerra judicial, ha ganado una batalla en favor del tribunal de excepción, que ha dado un golpe en la mesa y ha rechazado asumir la causa abierta contra los cinco miembros de Falange y Tradición detenidos en Navarra y Zaragoza el 23 de octubre.

La operación quimera, conformada por el resurgimiento en Navarra y la CAV de ataques fascistas a la memoria histórica, pintadas neonazis contra ediles de NaBai y ANV, ataques contra exposiciones sobre el islam y otros actos con más eco mediático como las amenazas a la txupinera de Bilbao, ha servido para escenificar la lucha de poder que existe entre los magistrados de la Audiencia Nacional y su Fiscalía.

El paso más significativo lo dio la Fiscalía de este tribunal en septiembre, cuando apostó abiertamente por que los grupos neonazis sean investigados y juzgados en esa sede judicial. En este camino, la Fiscalía puso en marcha una sección para perseguir este tipo de delitos y ha sido el coordinador de este apartado, Daniel Campos, quien, en un primer intento de consumar sus intenciones, pidió al juez Ismael Moreno que aceptase la inhibición en la causa por parte de María Paz Benito, juez del Juzgado número 3 de Pamplona.

la fiscalía se queja La Fiscalía ya ha presentado una queja, pero el futuro del caso contra los cinco miembros de Falange y Tradición dependerá de la decisión de la juez. Si se decanta por mantener su postura, el conflicto competencial deberá resolverse en el Tribunal Supremo. Si por el contrario, la magistrada recula y acepta la decisión de la Audiencia Nacional, los imputados serán juzgados en Pamplona por el procedimiento ordinario. A los cinco se les acusa de pertenencia a asociación ilícita y tenencia de armas, entre otros delitos, pero si el juicio es en el tribunal local, la pena será menor que si hubieran sido procesados en la Audiencia.

En el fondo del asunto está la forma de entender las acciones de los neonazis. Lo que exige la Fiscalía de la Audiencia Nacional es que a este tipo de grupos se les aplique el artículo 577 del Código Penal, que permite juzgar por delito de terrorismo los actos de grupos no organizados como banda armada, como es el ejemplo de los neonazis.

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