El Gobierno podrá expulsar a las 'sin papeles' que denuncien maltrato
El Mundo, , 01-11-2009La nueva ley dice que si no hay sentencia contra el agresor la mujer será deportada Madrid
El Gobierno ha decidido mantener en la reforma de la Ley de Extranjería la posibilidad de expulsión para las mujeres inmigrantes sin papeles que acudan a denunciar violencia de género.
Aunque el artículo 31 bis aprobado el pasado jueves en la Cámara Baja concede mayor protección que la actual a las maltratadas indocumentadas porque les da la oportunidad de un permiso provisional de residencia, también permite la apertura de un expediente y la posterior deportación a su país de una sin papeles que se atreva a denunciar una agresión machista.
El apartado 2 del citado precepto habla de «expediente administrativo sancionador incoado» a estas mujeres, si bien se suspende por el instructor «hasta la resolución del procedimiento penal». Es decir, aunque quede provisionalmente en barbecho, la Policía debe iniciar un proceso de expulsión en cuanto la mujer denuncie en la comisaría su condición de presunta víctima de maltrato.
El apartado 4 indica que, «cuando del procedimiento penal concluido no pudiera deducirse la situación de violencia de género, continuará el expediente adminsitrativo sancionador inicialmente suspendido».
En la práctica, la redacción que ha parido el Congreso es un obstáculo a la posibilidad de que las sin papeles denuncien. Por dos motivos: el expediente de expulsión abierto desincentivará el acudir a comisaría, aunque sea suspendido cautelarmente, y el hecho de que haya que demostrar los malos tratos para eludir la expulsión teniendo en cuenta la situación de invisibilidad en que se encuentran estas mujeres.
La historia arranca en 2005, cuando este periódico desveló una instrucción del Ministerio del Interior en la que a la maltratada denunciante sin documentación se le daban 15 días para presentarse en la Brigada de Extranjería, el órgano que tramita las expulsiones de España. La noticia provocó que muchas asociaciones humanitarias, algunos políticos y el Defensor del Pueblo pidieran la anulación de esa orden. El Gobierno llegó a decir que la liquidaría, pero finalmente se ha quedado a medias.
Así lo han entendido colectivos como Amnistía Internacional, la Asociación Libre de Abogados, CEAR, Cáritas o la Red Acoge, y grupos parlamentarios como ERC – IU – ICV, que esperan que la tramitación del Senado subsane esta disfunción.
«Estamos ante una decisión meramente política. El control migratorio no puede ser a costa de la no protección de las víctimas de la vulneración de los derechos humanos», señala Itziar Ruiz – Giménez, presidenta de Amnistía Internacional. «Es como si al denunciante de un robo, le mirasen a ver si tiene una multa de Hacienda. Y no se considera una cuestión fundamental: hay un porcentaje muy elevado de mujeres maltratadas que no logran una orden de protección por diversos motivos. ¿Qué pasará con ellas?».
El debate ha calado en las propias filas socialistas, y hasta Esperanza Esteve, diputada del PSOE encargada de defender la reforma, mostraba dudas al respecto el pasado jueves. «Es verdad que nos genera dudas. Y quizás haya que darle una vuelta al texto en el Senado», concede Esteve. «El problema es el fraude que pudiera haber», apunta, en referencia a una ley más laxa que concediera permiso provisional de residencia a una mujer sólo por el hecho de denunciar, independientemente del resultado de la sentencia.
Pero Joan Herrera, diputado de ICV, tilda de «disuasorio» el nuevo artículo e incide en quienes no puedan demostrar que han sufrido violencia. «Hay muchas denuncias que no prosperan porque hay elementos indiciarios pero no probatorios», explica. «Por eso nuestra propuesta es que no se abran los expedientes. La jurisprudencia del Tribunal Supremo defiende el principio de indemnidad: dejar indemne en estos casos el hecho de su estancia irregular».
En un comunicado conjunto, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Cáritas y la Red Acoge arremeten contra la Ley de Extranjería en general y contra el artículo 31 bis en particular. «A pesar de las mejoras introducidas, eleva a rango legal la obligatoridad de iniciar un expediente sancionador a las inmigrantes que denuncien», lo que «objetivamente desincentivará estas denuncias».
La Asociación Libre de Abogados (Ala) tilda el precepto de «práctica perversa». El Área de la Mujer de esta asociación sostiene que el artículo 31 bis «dificulta el acceso de todas las mujeres a la tutela judicial efectiva», «pone la política social de protección a la víctima de la violencia de género al servicio de la política de control de fronteras» y «vacía de contenido algunos avances reconocidos en la ley de protección integral».
¿Por qué? Ala entiende que el «expediente sancionador incoado» supone la obligada apertura de una vía para una posible expulsión final.
Además, este colectivo de abogados aporta su experiencia de trabajo con sin papeles. «La desconfianza de estas mujeres hacia el sistema policial y judicial viene precisamente motivado por su miedo a la expulsión».
Ala enumera una serie de circunstancias para sostener que, por culpa de la redacción de la ley, muchas sin papeles que son víctimas reales no denunciarán la violencia que sufren: «Dado que las garantías en el proceso penal operan preferentemente a favor del imputado, que muchas formas de violencia de género cursan sutilmente (coacciones, amenazas y violencia sexual o psicológica) y la víctima debe probar lo que denuncia, las dificultades de obtener una sentencia condenatoria pueden desanimar a muchas mujeres a enfrentarse a un procedimiento judicial que es costosísimo personalmente y ahora, además, puede terminar con su internamiento en un CIE y su expulsión».
La citación policial del miedo
Esta es la instrucción policial que se entregaba a las mujeres ‘sin papeles’ que denunciaban un episodio de violencia de género para que se presentaran en la Brigada de Extranjería, el órgano que tramita las expulsiones del territorio nacional. EL MUNDO publicó un formulario de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, con encabezamiento de la Dirección General y membrete del Ministerio del Interior, que había sido entregado a una mujer que denunció una agresión sexual. La citación instaba a la inmigrante a presentarse «en el plazo de quince días hábiles» en Extranjería. Y para que no hubiera dudas del motivo, le advertía de que fuera «provista de pasaporte».
Cuatro años de conflicto
>4 de abril de 2005. EL MUNDO denuncia que la Policía cita para su expulsión de España a mujeres ‘sin papeles’ que han denunciado ser víctimas de malos tratos. Varios colectivos humanitarios y el Defensor del Pueblo piden que se anule esa instrucción.
>7 de febrero a 7 de mayo de 2005. Interior decreta una ‘amnistía’ temporal: todas las órdenes de expulsión serán revocadas mientras esté en vigor el proceso extraordinario de regularización.
>29 de julio de 2005. El Ministerio del Interior emite una circular interna que anula la orden.
>Octubre de 2008. El ministro del Interior, Alfredo Pérez – Rubalcaba, declara en varios foros – Congreso de los Diputados incluido – que ninguna mujer inmigrante ha sido expulsada de España por denunciar ser víctima de un caso de violencia de género.
>30 de octubre de 2008. El Plan de Atención y Prevención de la Violencia de Género en Población Inmigrante afirma que el Gobierno propondrá modificaciones legislativas «para evitar que en los casos de irregularidades administrativas la denuncia pueda conllevar consecuencias negativas para la mujer que expone su situación». El Plan lo redactó y presentó el Ministerio de Igualdad con los avales y aportaciones de los de Trabajo e Inmigración, Interior, Administraciones Públicas, Justicia y Educación.
>9 de enero de 2009. Tras la aprobación del Plan por parte del Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, asegura que la lucha contra la violencia machista «no puede entender de fronteras ni de lugar de nacimiento».
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