Condenados a dos años por dar empleo a extranjeros en Irun sin hacerles un contrato

Diario Vasco, 24-09-2009

DV. Un matrimonio dueño de un establecimiento comercial de Irun ha sido condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.800 euros, tras haber sido declarado responsable de un delito contra el derecho de los trabajadores. Los inculpados daban empleo a extranjeros sin formalizar contrato alguno y sin ser dados de alta en la Seguridad Social. El caso fue juzgado ayer en la Audiencia de Gipuzkoa. Los acusados aceptaron la pena impuesta después de que el fiscal rebajase en un año la solicitud inicial de condena.

Según el escrito de calificación fiscal, la mujer regenta una tienda de venta de alimentos en un barrio de la ciudad fronteriza en el que su marido hace las veces de encargado. De acuerdo con la imputación formulada por el ministerio público, el esposo, «en connivencia» y con el «consentimiento» de su mujer, dio empleo a extranjeros que se hallaban en situación irregular en el país, a quienes impuso sus condiciones de trabajo.

La acusación sostuvo que en distintos periodos comprendidos entre los años 2005 y 2008, el marido dio trabajo a dos personas de nacionalidad argentina y a una mujer de Marruecos. El fiscal afirmó que en los tres casos, los empleados trabajaron sin contrato y sin haber sido dados de alta en la Seguridad Social.

La acusación consideró que los hechos eran constitutivos de un delito contra el derecho de los trabajadores y solicitaba para cada uno de los acusados tres años de prisión, además de la multa de 3.000 euros.

Ayer, antes del inicio de la vista, defensa y acusación llegaron a un acuerdo, según el cual los inculpados aceptaban las imputaciones formuladas, aunque después de que el fiscal rebajase a dos años de prisión la pena privativa de libertad y de 3.000 euros a 1.800 la cuantía de la multa.

De esta forma, el presidente de la Sala, el magistrado Ignacio José Subijana, dictó la sentencia e informó a los inculpados de las condiciones acordadas entre acusación y defensa. El juez les hizo saber que si bien no ingresarían en prisión, esta medida quedaba supeditada a que durante los próximos dos años no cometieran ninguna otra infracción penal. No obstante, los acusados sí deberán satisfacer la multa impuesta.

Al tratarse de una sentencia de conformidad, el fallo no puede ser recurrido.

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