¿Al césar lo que es de Dios?

La Vanguardia, , 09-09-2009

Ramon J. Moles
La posible aprobación, por el Parlament de Catalunya, de una ley que regule la instalación de equipamientos religiosos (quizá la principal reclamación de los colectivos que estos días celebran el Ramadán) plantea interrogantes sobre su idoneidad y oportunidad. Siendo una iniciativa política de un gobierno que propugna la laicidad, deberíamos cuestionarnos si esta administración debe intervenir en la práctica religiosa. Se dice que esta ley no regula la práctica religiosa, sino la instalación de sus equipamientos. Cabrá entonces plantearse: ¿deben estos equipamientos tener una regulación urbanística específica? La pregunta no es baladí: la normativa urbanística sobre equipamientos está fuertemente influida por la idea de lo público y del interés general. Se trata de poner suelo para cumplir los estándares de “lo público”. De ahí surgen las licencias de obras, las reservas de suelo para uso público, los convenios urbanísticos que condicionan la actividad de los promotores, las permutas de suelo entre sector público y privado. Véase que en todo ello subyace una idea central: el interés público.

Se plantean algunas dudas: ¿debe subyacer la idea de interés público en la previsión urbanística de los equipamientos religiosos o, en cambio, es algo que opera en el ámbito privado y debe ser normado de modo análogo a cualquier otra actividad urbanística privada? ¿Hay que tener una ley de equipamientos religiosos o ello puede ser regulado con la normativa urbanística que ya tenemos? ¿La práctica religiosa debe ser objeto de licencia urbanística? La reciente sentencia del TSJC (caso mezquitas en Lleida) abre nuevos frentes.

Estas son cuestiones relevantes, pues de ellas dependen cuestiones que afectan a la ciudadanía: ¿tendrá le ley efectos retroactivos?, ¿deberán clausurarse los oratorios musulmanes que no reúnan los requisitos establecidos por la ley?, ¿cómo se gestiona económicamente el suelo publico para fines religiosos?, ¿pagarán impuestos estos equipamientos? Cuestiones difíciles de responder cuando lo público interviene en algo tan privado como la práctica religiosa. Parece que esta ley abre importantes interrogantes y tiene efectos indeseados en algo que podría haberse resuelto con una mejor gestión en el ámbito local, esto es, del césar, y no de Dios.

R. J. MOLES, director del Centre de Recerca en Governança del Risc (UAB-UOC)
Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)