Un tribunal condena por primera vez a 15 ‘skins’ por asociación ilícita
El Periodico, 25-07-2009difundían revistas de ideología nazi, se financiaban a través de conciertos que incitaban al odio racial y se reunían en un bar madrileño con un cartel en la puerta que solo permite la entrada a personas blancas. Todas estas conductas han servido a la Audiencia Provincial de Madrid para condenar a 15 miembros de la rama española de la organización internacional Hammerskin a penas de entre dos años y medio y un año y medio por los delitos de asociación ilícita y tenencia de armas. Se trata de la primera vez que un grupo de neonazis es castigado por promover el racismo sin que haya pesado un acto violento en particular.
«Es una sentencia pionera que abre una esperanza a las víctimas del odio», aseguró Esteban Ibarra, presidente de la asociación Movimiento contra la Intolerancia, que ha ejercido la acusación popular. «Hasta ahora no se había plantado cara al problema, salvo en casos particulares de violencia extrema, pero este fallo establece que la sola pertenencia a un grupo nazi es una conducta sancionable», añadió.
ACTUACIÓN POLICIAL / El grupo Hammerskin España fue desmantelado en el 2004 gracias a la operación Puñal, desarrollada por la Guardia Civil en varias provincias, entre ellas Barcelona, a raíz de un brote de ataques racistas y de las pesquisas del periodista Antonio Salas, que reflejó en el libro Diario de un skin. Salas (en realidad, un seudónimo) se infiltró durante un año en la peña del Real Madrid Ultrasur y tomó contacto con varios grupos de cabezas rapadas. La sentencia da veracidad al testimonio del reportero sobre que todos los procesados pertenecían a Ultrasur, lo que no significa que todos los miembros de dicha peña compartan la ideología nazi.
El fallo considera acreditada la existencia de Hammerskin España, una organización «compuesta por una pluralidad de personas» desde el 2000. Según el tribunal, su objetivo es «promover la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía».
Las tres juezas del caso entienden que los condenados buscaban subvertir el orden constitucional e instaurar el nacional socialismo en España, si bien admiten que, «afortunadamente», tenían «escasa posibilidad de éxito». En los domicilios de los cabezas rapadas, uno de ellos militar, los agentes se incautaron de navajas, hachas, bates de béisbol, pistolas de aire comprimido, así como documentación nazi.
ESTRUCTURA JERÁRQUICA / En su defensa, los condenados alegaron que solo eran un «grupo de amigos», pero el tribunal considera probada la estructura jerárquica de la organización y por ello condena a su líder a más años que el resto. El fallo ordena su disolución y les prohíbe realizar publicaciones o mantener una web.
El fiscal y la acusación popular solicitaron penas más altas, de entre dos y seis años de cárcel, sin embargo el tribunal ha rebajado las mismas porque el proceso se ha dilatado demasiado tiempo.
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