El Govern fuerza a los inmigrantes a aprender catalán para legalizarse Liga el certificado de arraigo que expiden los ayuntamientos a los cursos de catalán

ABC, 03-06-2009

YOLANDA CARDO

El presidente José Montilla, en una visita a un centro de acogida de inmigrantes del Raval

IVA ANGUERA DE SOJO

BARCELONA. El conocimiento del catalán no será obligatorio, pero sí el mejor pasaporte para la certificación de arraigo que permita a los inmigrantes irregulares regularizar su situación en España a partir de 2010, según la Ley de acogida de inmigrantes aprobada ayer por la Generalitat. El texto, que debe aprobarse en el Parlament, crea el Servicio de primera acogida a inmigrantes para atender a los recién llegados y establece el catalán como «lengua común y vehicular de acogida», tal y como ya sucede en la enseñanza en Cataluña.

De este modo, el servicio de acogida, convertido en un derecho universal accesible a inmigrantes regulares o irregulares, ofrecerá – tras una entrevista personal con un agente de acogida – un curso de catalán, formación sobre el mercado de trabajo, información «sobre el modelo de sociedad catalana» y sobre los derechos y deberes del inmigrado en el marco jurídico de extranjería.

La consellera de Acción Social, la republicana Carme Capdevila, auguró la entrada en vigor de la ley el primer trimestre de 2010, tras su paso por el Parlament, y anunció una implementación progresiva hasta 2015.

Certificación de arraigo

Tras el curso, el Govern dará un «certificado de asistencia y conocimientos básicos» a los asistentes. El objetivo del tripartito es que ese documento se convierta en el principal argumento de los certificados de arraigo que la administración local facilita a los inmigrantes residentes en sus municipios como primer paso para solicitar la regularización por arraigo.

En esos casos, los solicitantes deben acreditar un mínimo de tres años de residencia en España, algo que hacen en base al empadronamiento o el uso de servicios locales. La Generalitat se propone «homogeneizar» esa documentación en base a su certificado y Capdevila anunció ayer su intención de negociar con el Gobierno la posibilidad de que esa acreditación sea aceptada por el Estado en los procesos de extranjería.

La consellera aclaró que la Generalitat no exigirá un examen de nivel de catalán para dar el certificado, pero sí un mínimo de horas de asistencia a los cursos para acreditar los «mínimos conocimientos» tanto de catalán como de la cultura y la sociedad catalanas. También dejó claro que esa acreditación no será exigible en ningún momento para acceder a los servicios públicos, pero insistió en que se trata de una vía par «dar oportunidades y formación» a los recién llegados.

En todo caso, el servicio de primera acogida no se generalizará a todos los ayuntamientos catalanes hasta 2015, según las previsiones del ejecutivo autonómico. En 2010 la Generalitat espera poner en marcha el servicio en tres municipios, en colaboración con los respectivos Ayuntamiento, que se convertirán en pruebas piloto del programa. El texto, eso sí, obliga a todos los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes a disponer de ese servicio de acogida a partir de 2015. La única condición para acceder al programa es estar empadronados y acreditar más de 90 días de residencia en Cataluña, explicó Capdevila, lo que da entrada a los inmigrantes irregulares.

Según la previsión del tripartito, ese año la Generalitat destinará 34 millones de euros a los cursos de arriago, que según los cálculos de Acción Social pasarán de los 2.600 cursos que en la actualidad imparte el Consorcio de Normalización Lingüística para inmigrantes a 11.000 cursos. El objetivo, que los inmigrantes «adquieran las competencias básicas en catalán para garantizar su integración social» en Cataluña.

Sólo cuando hayan alcanzado ese nivel básico se les ofrecerá, en los casos que sea necesario, un curso de castellano, añadió la consejera, que dejó claro que «la lengua vehicular de la integración» será el catalán.

La ley también hace referencia a las recién adquiridas competencias de la Generalitat en relaciones exteriores, y contempla la posibilidad de ofrecer el servicio de primera acogida en el país de origen, dentro de los casos regulados por la legislación de extranjería. En la actualidad sólo es aplicable a los casos de reagrupación familiar.

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