El Defensor advierte de la «nula receptividad» en la Administración para que los bengalíes trabajen
Diario Sur, , 25-05-2009El Defensor del Pueblo aclaró el pasado 6 de mayo a una treintena de inmigrantes bengalíes residentes en Melilla que, «a la vista de la nula receptividad» de la Administración General del Estado, pone punto y final a las actuaciones emprendidas para conseguir que el colectivo se incorpore al mercado de trabajo hasta que se ejecuten o revoquen las órdenes de expulsión.
En la carta que firma María Luisa Cava de Llano, adjunta primera del Defensor del Pueblo, se confirma a los bengalíes que la Administración descarta esa posibilidad porque «podría estimular la actuación de redes de tráfico ilegal de seres humanos». La institución que dirige Enrique Múgica Herzog trató en varias ocasiones de hacer entender al Gobierno de la Nación que la propuesta realizada no implicaba la concesión de autorizaciones de residencia, sino permisos de trabajo que dejarían de tener validez cuando pudiera ejecutarse la orden de expulsión. De hecho, el Defensor del Pueblo argumentó jurídicamente que era posible otorgar como «una alternativa provisional» esas autorizaciones al amparo de la disposición adicional primera, apartado cuarto, del Reglamento de Extranjería.
Como explica Cava de Llano, y según el escrito recibido por la mitad de los inmigrantes asiáticos que desde hace tres años residen en el CETI de Melilla, «la Administración no es favorable a la adopción de medidas de carácter extraordinario» pese a actuar de manera inusual al prorrogar durante tan largo espacio de tiempo la estancia de los bengalíes en el centro.
De hecho, la institución reconoce que no estima procedente efectuar una nueva intervención ante la Administración General del Estado porque tendría que centrarse en las mismas cuestiones que ya han sido rechazadas. En cualquier caso, la adjunta primera afirma que se ha pedido a la Dirección General de Integración de Inmigrantes que clarifique los criterios de traslado a la península de las personas pertenecientes a grupos especialmente vulnerables.
Cinco años
María Luisa Cava de Llano concluye la carta recordando a los inmigrantes que transcurrido un periodo de tiempo de al menos cinco años desde la fecha de resolución de la expulsión sin que ésta se haya ejecutado, tanto el interesado como su representante legal pueden solicitar la revocación de la orden o la declaración de prescripción de la sanción.
Ambas medidas, apunta el Defensor del Pueblo en esa carta, «facilitan la regularización aun cuando para obtener la autorización de residencia por arraigo es preciso reunir todos los requisitos establecidos por la normativa vigente, entre los cuales se exige la aportación de un contrato de trabajo».
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