Obligan a respetar la cotización de un extranjero que perdió la residencia

El Mundo, 25-06-2008

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha emitido un fallo por el que se obliga a respetar el periodo de cotización de un inmigrante, aunque éste no tenía permiso de trabajo vigente.


Responde al caso de un inmigrante que, tras perder su permiso de trabajo y ser despedido, le fue suspendida la cotización que tenía hasta ese momento por tener denegado su permiso de residencia. Esta decisión fue ratificada por la Seguridad Social y por una sentencia del Juzgado de lo Contencioso de Burgos recurrida por UGT.


Según UGT, el fallo «corrige una práctica que venía repitiendo la Administración: dar de baja el periodo previamente cotizado por el trabajador inmigrante cuando conocía que había perdido el permiso de residencia». Así, se consolida el derecho a la Seguridad Social y al reconocimiento como periodo de alta al tiempo trabajado, independientemente de la situación regular o no del inmigrante, informa Efe. «Es incoherente reconocer otras prestaciones a los irregulares, como salarios, despidos o desempleo, y no reconocer el periodo de alta por el hecho de perder el permiso de residencia».

Texto en la fuente original
(Puede haber caducado)