La fiscal confirma los 24 años

Canarias 7, Antonio F. de la Gándara, 22-05-2008

La fiscal no se amilanó por la aparente falta de pruebas y confirmó ayer su petición de una condena de 24 años para la dueña del prostíbulo La perla negra, otra de 13 años para su hermana y una pena de 10 años para cada una de las siete empleadas del burdel.

La fiscal Teseida García acusa a Ivaní S.M. por tres apartados del articulo 318 del Código Penal referentes a la extranjería (favorecer la inmigración ilegal con fines de explotación sexual a través de una organización), por los que pide 15 años de prisión, de un delito relativo a la prostitución por el que interesa cuatro años de cárcel y un delito de blanqueo de capitales por el que solicita cinco años de cárcel. La madame brasileña se enfrenta, pues, a la friolera de 24 años de prisión.

A Adair S.M., la hermana de Ivaní, la representante del Ministerio Público la acusa de los mismos tres apartados del 318, pero pide para ella menos pena al considerar que era la segunda de a bordo: 13 años.

La fiscal también acusa a las seis empleadas del burdel de fomentar el tráfico ilegal de extranjeros para dedicarse a la prostitución en calidad de cómplices, y solicita 10 años para cada una de ellas.

Teseida García comenzó su informe admitiendo que se enfrentaba a «dificultades probatorias importantes» al no haber conseguido localizar a las chicas que se prostituían en el burdel de Tomás Miller 8, No obstante, consideró probado que Ivaní S.M. había «favorecido» la inmigración ilegal, y recordó en este sentido que cuando la policía registró La perla negra había dos brasileñas en situación irregular.

En cuanto a las que ejercían la prostitución aprovechándose del plazo de tres meses en el que podían permanecer en España como turistas, la fiscal aseveró que al hacerlo habían incurrido en «fraude de ley».

Destacó que las anotaciones en la agenda del prostíbulo evidencian que las chicas se quedaban un máximo de tres meses precisamente paras burlar la ley, y citó cuatro sentencias del Tribunal Supremo que consideran que existe inmigración ilegal cuando se alega al entrar en España que se viene de turismo pero en realidad se acaba trabajando en burdeles.

Organización

Recordó que en algunas llamadas intervenidas se evidenciaba que Ivaní hablaba con chicas que estaban en Brasil y las animaba a venir a España.

García aludió a la madame y a sus empleadas como una «organización» similar a la de los narcotraficantes, con las jerarquías bien definidas, y aseguró: «Ivaní era el cerebro y Adair su máquina ejecutora».

En referencia al delito relativo a la prostitución, admitió que las chicas de La Perla Negra lo hacían voluntariamente, pero que sus jefas «las explotaban». «Ellas no se prostituían, todo era lucro», dijo.

Acerca del delito de blanqueo de capitales, la acusación pública recordó que los datáfonos (los aparatos para cobrar con tarjeta de crédito) habían evidenciado el tremendo volumen de negocio (más de 800.00 euros en 14 meses) de una actividad ilícita. Se valió de la alegación de Ivaní de que incluso había tenido problemas de liquidez para afirmar que la acusada «transfería a Brasil el dinero».

El juicio quedó visto para sentencia a las 14.30 horas. Ivaní S.M. y su hermana Adair son las únicas de las nueve acusadas que se encuentran en prisión preventiva por estos hechos.

Readmitida en el lupanar

Alicia Santana, abogada de dos de las empleadas del burdel, apuntó que el único delito de éstas acusadas había sido «trabajar» en un prostíbulo, lo que en ningún caso está penado, y para enfatizar la normalidad de este empleo citó la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canaria que el 29 de septiembre de 2006 declaró improcedente el despido de una empleada de un burdel y condenó a la madame del prostíbulo a readmitirla o abonarle una indemnización de 1.950 euros. «Si fuera una actividad ilegal la Sala no habría entrado en el asunto», razonó.

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