Plazas reservadas a minorías y cupos especiales

ABC, 08-04-2008

Los centros sostenidos con fondos públicos (privados concertados y públicos) podrán reservar hasta el periodo final de la preinscripción – hasta que aparecen las listas – un número determinado de plazas para garantizar la escolarización de minorías (inmigrantes, minorías étnicas y alumnos procedentes de entornos desfavorecidos). La LOE fijó la caducidad de la reserva al terminar el proceso ordinario de admisión cuando las plazas sobrantes pasaran a la bolsa general. Con anterioridad a la ley, los puestos para minorías podían permanecer cautivos durante todo el curso aún a riesgo de no ser ocupados por ningún alumno, y en perjuicio de otros escolares que quedaban fuera del centro correspondiente a consecuencia del cupo de reserva. Para la incorporación tardía de los alumnos, los centros podrán incrementar en un 10% la oferta de plazas por aula. El número de puestos bloqueados para las mencionadas minorías suele ser de un máximo de tres por aula en Infantil y Primaria y de cuatro por clase en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

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