Mesa de Soberanía debate el voto de los extranjeros residentes
El Universo, , 05-02-2008
Una de las conquistas de la Constitución de 1979 y que se mantuvo en la Carta Magna que está vigente –elaborada en 1998– fue la implementación del voto para los ecuatorianos residentes en el exterior.
En esta ocasión en que la Asamblea prepara un nuevo texto constitucional se estudia que los inmigrantes residentes en el país tengan el derecho a sufragar.
Una propuesta de la Coalición Interinstitucional de Migraciones y la Secretaría Nacional del Migrante (Senami) plantea que los extranjeros que residen en Ecuador gocen de los mismos derechos que los nacionales, e incluye la posibilidad de votar.
“Se garantizará, conforme a la ley, la participación de extranjeros(as) residentes en elecciones locales, consultas populares y presentación de proyectos de ley, con la única limitación de no estar facultados para ocupar los cargos de presidente de la República, diputados del Congreso, jueces, magistrados de las Cortes de Justicia y organismos de control”, señala la propuesta.
La directora del programa de migración de la Universidad Andina Simón Bolívar, Gardenia Chávez, expresa que con esto el Ecuador no solo que es consecuente con su política migratoria –garantizando derechos de participación para los extranjeros residentes en el país– sino que además llevará a la organización de los sectores inmigrantes interesados en influir con su voto en asuntos que también les incumben al formar parte de una ciudad, provincia o barrio.
La propuesta tiene aceptación de la mayoría de los miembros de la comisión de Soberanía de la Asamblea (mesa 9), entre ellos el coronel Luis Hernández (RED), quien explica que al participar en elecciones locales los inmigrantes residentes en el país se podrán sentir representados y participar de las decisiones que les afecten.
Andrés León, vocal del Tribunal Supremo Electoral por la UDC, sostiene que es una práctica de muchos países, donde los residentes pueden intervenir en elecciones seccionales. Sin embargo, hace la diferencia entre poder ser electores y ser elegidos. “Una cosa es que puedan votar, y a eso hay que buscar parámetros, otra que puedan ser elegidos”, recalca el vocal. Y justamente el planteamiento del artículo propuesto por la Senami no es claro.
Hernández indica que precisamente la comisión en el debate deberá establecer esa diferencia y los parámetros, como los años de residencia que deberán cumplir los inmigrantes que quieran ejercer el derecho al voto en Ecuador. Después vendrá la elaboración de un censo y un padrón.
El voto de los extranjeros residentes consta en la propuesta del Consejo Nacional de Educación Superior (Conesup).
Opción
Esta es otra de las opciones que analiza la mesa de Soberanía e incluye derechos políticos, sociales y civiles, sin ninguna exclusión. En pocas palabras, es una ciudadanía “igualitaria” e “indiferenciada”, que permite identificar a todos los seres humanos como miembros de una misma comunidad política.
Derechos
La ciudadanía universal está definida por el disfrute de los derechos fundamentales básicos en su lugar de origen y en su lugar de destino.
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