El Síndic pide que se empadrone a los residentes en 'pisos patera'

Muchos municipios niegan el registro a los inmigrantes que viven hacinados Ribó demanda a los ayuntamientos que controlen el acceso policial a las listas

El Periodico, , 10-01-2008

ANTONIO BAQUERO
BARCELONA

Vivir en un piso patera no puede ser un obstáculo para empadronarse. Esta es la exigencia que hace el Síndic de Greuges, Rafel Ribó, quien ayer pidió a todos los ayuntamientos catalanes que acaben con la práctica de restringir o negar el empadronamiento a los inmigrantes que residen en pisos sobreocupados. En la presentación del estudio Gestión municipal del empadronamiento de los inmigrantes, el Síndic también reclamó que los ayuntamientos unifiquen los requisitos que plantean a los inmigrantes para que puedan empadronarse y que controlen al acceso de las fuerzas de seguridad a los datos del padrón.
“El padrón es un instrumento para saber cuánta gente vive en una ciudad y debe reflejar la realidad. Y si la realidad es que hay pisos en los que viven 30 personas, pues el padrón debe mostrarlo. No hacerlo es cerrar los ojos”, clamó Ribó, quien advirtió que numerosos ayuntamientos están empleando este registro “más allá de sus competencias legales” en un intento de poner coto a las viviendas sobreocupadas.

ENTREGA A BENACH
Ribó hizo estas declaraciones tras entregar el informe al presidente del Parlament, Ernest Benach. En esta investigación, basada en un cuestionario enviado a 70 ayuntamientos, se constata que todos los ayuntamientos han tomado alguna medida para restringir el empadronamiento de aquellos que residen en pisos patera.
Los mecanismos son muy variados. La primera de las medidas, adoptada por el 28,6% de los ayuntamientos que han participado en la encuesta, consiste en limitar la cifra máxima de personas que pueden residir en una vivienda determinada. Esa cantidad máxima se establece en función del número de metros cuadrados del piso o fijando una cifra límite de personas para todas las viviendas de la localidad, sea cual sea su superficie.
Otro 17,1% de los municipios optan por denegar el empadronamiento a aquellos inmigrantes que, en el momento de llevar a cabo este trá-
mite, residen en un piso que se considera sobreocupado. En un 14% más se exige al inmigrante que presente la cédula de habitabilidad de la vivienda pese a que, según denuncia el Síndic, ese documento no está entre los requeridos por la ley para hacer efectivo el padrón. Además, el 37% de los consistorios requieren al inmigrante que presente un documento según el cual el propietario del piso o el titular del alquiler le autoriza a que se empadrone en dicha vivienda.

SIETE DOCUMENTOS DISTINTOS
Más allá de los pisos patera, la investigación evidenció que cada ayuntamiento exige a los extranjeros documentos distintos para empadronarles. Según el informe, hay algunos que aceptan hasta siete documentos distintos, entre ellos, el contrato de alquiler, el recibo del IBI y los recibos de la luz y el gas. “Prueba de esa disparidad es que ninguno de esos siete documentos es aceptado o rechazado en todos los municipios catalanes”, explicó Laura Díez, la adjunta al Síndic.
Un ejemplo más de esa disparidad es que mientras que el 70% de los ayuntamientos no empadronan a un inmigrante si no puede demostrar que vive donde asegura, el 30% sí lo hace. Es por ello que Ribó exigió a los ayuntamientos que unifiquen los criterios “para evitar desigualdades en función del municipio”.
Además, el Síndic llamó la atención sobre el acceso de las fuerzas de seguridad a los datos del padrón de extranjeros. Según la investigación, “el 32% de los ayuntamientos no saben cuántas veces la policía ha accedido a los datos del padrón”.

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