Emigración e integración
Diario de Navarra, , 22-12-2007C ON el título que antecede se celebraron recientemente las XXIX jornadas de estudio de la Abogacía General del Estado en el marco del Palacio de Parcent, sede que fue en su día del Tribunal de Garantías Constitucionales de la II República, de tan triste recuerdo.
Se trataba de estudiar los problemas jurídicos que la emigración y su integración comportan, todo ello desde un espíritu de protección y acogida al emigrante, salpicado, a veces, por cierto espíritu de contradicción al reunir en un mismo foro a los abogados del Estado y a los abogados que practican contra el Estado. Todo muy naif, como corresponde al momento político que nos ha tocado vivir.
Quien recuerde aquellos momentos estelares de la Dirección General de lo Contencioso del Estado con Gómez Dégano como Director General, a principios de los años ochenta, celebrando sus jornadas de estudio en el marco del salón de actos del Banco de España (al depender los abogados del Estado del Ministerio de Hacienda) con la asistencia de lo más granado de la Ciencia Jurídica patria hasta los formatos actuales, podrá evidenciar cuánto ha cambiado el Estado y la función pública en nuestro país.
No lo digo, sin embargo, con ánimo de nostalgia, que no lo tengo, sino de evidencia del cambio operado en todos los rincones de la vida política y social de nuestra España en estos últimos treinta años.
Cambios que afectan muy particularmente en materia de extranjería, donde ya casi el quince por ciento de la población que habita en España es de origen exógeno, lo que ha obligado a llevar a cabo cambios profundos en las leyes de extranjería y, nacionalidad, como puso de manifiesto Blanco Morales, Directora general de Registros y del Notariado, que defendió una cierta centralización de los Registros Civiles para poder prestar cobertura a los distinta problemática que la emigración conlleva en los ámbitos del Estado, de las CC AA y de los Municipios.
Concitó mucho interés y atención la conferencia de la presidenta del TC, Sra. Casas, muy orgullosa de la Sentencia del Alto Tribunal de 7 de noviembre de 2007 de la que fue ponente, que difumina las posiciones de españoles y extranjeros ante nuestro ordenamiento equiparándolos y parificándolos. También la del magistrado del TS, Sr. Peces Morate, quien defendió la posición del TS (Sala 3ª) nulificatoria del Reglamento de extranjería.
Todo ello, ha modificado nuestro Derecho de Extranjería en términos que hacen irreconocible nuestra legislación anterior al hecho masivo de la emigración a partir de mediados de los noventa. Incluso la interpretación del artículo 13 de la CE. Si el magistrado constitucional Rubio Llorente puso en boca del TC en 1984 que la Constitución española era obra de españoles, pero no sólo para españoles, hoy puede decirse que la legislación de extranjería es obra de españoles para extranjeros que tienen los mismos derechos que los españoles.
Estas alegrías de nuestro legislador positivo, las Cortes Generales y de nuestro legislador negativo, el TC, sitúan nuestro país en la vanguardia de las legislaciones más abiertas del orbe mundial. En este sentido, viene a la memoria aquella anécdota de los años treinta protagonizada por Lerroux y Aristide Briand en la visita del primero a la Sociedad de Naciones, escoltado entre otros por el que fuera Secretario de la Institución, don Salvador de Madariaga, cuando ante la expectación despertada y el retraso consiguiente de nuestro presidente del Gobierno, Briand en tono socarrón glosó el célebre artículo de la Constitución republicana de que España era un república de trabajadores de todas clases que siempre llegaba tarde.
Esperemos que estas alegrías y retóricas al uso de nuestro políticos y de nuestra legislación sirvan de verdad para integrar a los emigrantes en la cultura democrática y en el respeto a los derechos de la civilización occidental, en especial respetuosa del papel de la mujer. Lo demás me parecen juegos florales.
MANUEL PULIDO QUECEDO ES DOCTOR EN DERECHO CONSTITUCIONAL
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