El TC anula la exigencia de permiso de residencia a los extranjeros para sindicarse

ABC, 09-11-2007

El Tribunal Constitucional ha anulado tres artículos de la ley de Extranjería que condicionaban el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación a poseer autorización de estancia o residencia en España.

El Alto Tribunal ha adoptado esta decisión en la sentencia, de la que sólo se ha dado a conocer el fallo, en la que resuelve el

recurso de inconstitucionalidad que el Parlamento de Navarra

interpuso contra varios artículos de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Los artículos que se declaran inconstitucionales son el 7.1, el 8

y el 11.1 y en todos los casos imponían a los extranjeros la necesidad de poseer autorización de estancia o resiencia en nuestro país para poder ejercerlos en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles.

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