Tragedias Televisadas

Diario de Navarra, RAMÓN BULTÓ LLEVAT, 02-10-2007

HACE varios días, los telespectadores pudimos contemplar, en todas las cadenas de televisión, unas estremecedoras imágenes en las que un ciudadano rumano se quemaba a lo bonzo delante de su mujer y sus hijos, a las puertas de la Subdelegación del Gobierno de Castellón. En los últimos días, la noticia de su fallecimiento recuperaba esas imágenes para ilustrar el fin de esta terrible historia.
Por otro lado, se han convertido ya en habituales las imágenes del momento del rescate de cadáveres de inmigrantes que se ahogan en nuestras costas, como aquellos diez que fueron encontrados a muy pocos metros de una playa de Gran Canaria. Desde un punto de vista estrictamente periodístico resulta incuestionable el carácter informativo de todos estos sucesos. Las noticias revisten un interés público relevante, mostrando a los ciudadanos la cara más amarga y trágica de la inmigración. Sin embargo, la crudeza de las imágenes emitidas hace preciso que desde el CoAN efectuemos una serie de reflexiones.

La primera consideración debe hacerse desde la perspectiva de la propia dignidad de las personas objeto de la noticia. Los medios de comunicación han de ser especialmente escrupulosos con el respeto a la dignidad de las personas víctimas de sucesos dramáticos, así como con el sufrimiento de las mismas y de sus familiares. Por ello, las televisiones han de actuar con suma prudencia evitando, en la medida de lo posible, aquellas imágenes en las que aparecen primeros planos de cadáveres, así como planos cortos en los que se muestren personas heridas, en estado de conmoción o de sufrimiento. Es preciso suprimir aquellas imágenes que resultan innecesarias o irrelevantes para ilustrar la noticia objeto de información y que inciden, gratuitamente, en aspectos especialmente duros y morbosos.

En segundo lugar, debe tenerse en cuenta que las imágenes aparecieron en los programas informativos de tarde y noche de las principales cadenas. Estos espacios se sitúan dentro del denominado horario protegido que, por ley, abarca desde las 06.00 hasta las 22.00 horas, y durante el cual no pueden emitirse imágenes que sean susceptibles de perjudicar el desarrollo psíquico y moral de los menores de edad. Tratándose de programas informativos es preciso armonizar el interés informativo, que revisten determinadas noticias, con el respeto a los derechos de los menores.

Por ello, en aquellos casos que sea preciso emitir, por su carácter noticiable, imágenes que resulten inadecuadas para los menores de edad debe advertirse de dicha circunstancia a los telespectadores con la suficiente antelación. Además, los medios han de prestar un especial celo al proceso de edición de las imágenes de las que disponen. La presencia de los menores de edad como espectadores de programas informativos fue tenida en consideración por los firmantes del denominado Acuerdo de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, estableciendo en su apartado II la necesidad de evitar secuencias particularmente crudas o brutales, así como la de advertir a los telespectadores de la inadecuación de las imágenes para el público infantil.

La última reflexión pasa por advertir del preocupante y creciente peso que han adquirido las noticias de sucesos en los programas informativos. Los últimos estudios hablan de que el porcentaje de tiempo dedicado a este tipo de noticias se ha triplicado en sólo cinco años. El problema no es únicamente cuantitativo, puesto que en muchas ocasiones, quizás demasiadas, la función informativa queda en un segundo plano primando, en su lugar, los aspectos más morbosos, sensacionalistas, dramáticos y truculentos de la noticia. Los medios de comunicación audiovisual han de de asumir un principio de autorresponsabilidad en el ejercicio de su función informativa para evitar que la repetición constante de las imágenes de los más terribles sucesos provoque una trivialización del sufrimiento ajeno.

En definitiva, los medios audiovisuales han de intentar armonizar su legítimo derecho de transmitir a los ciudadanos una información veraz sobre aquellos sucesos que consideren noticiables, con el necesario respeto que merecen otros derechos y bienes jurídicos dignos de protección. Para alcanzar este difícil objetivo, el CoAN considera que la autorregulación, mediante la asunción de determinados compromisos éticos y deontológicos por parte de los periodistas y los medios audiovisuales, se muestra como un instrumento especialmente valioso.

Ramón Bultó Llevat es presidente del Consejo Audiovisual de Navarra (CoAN)

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