Los ayuntamientos vascos podrán sancionar y expropiar a los dueños de pisos sobreocupados
Diario de noticias de Gipuzkoa, , 28-06-2007Las multas económicas oscilarán entre los 250 y los 30.000 euros en función de la gravedad de los hechos
donostia. Los ayuntamientos vascos tendrán potestad para sancionar e incluso para llegar a expropiar los pisos que comprueben que se hallan sobreocupados. Dicha competencia emanará de la nueva Ley de Vivienda, cuyo borrador ha sido remitido por el Gobierno Vasco a los colectivos sociales de la CAV y al que ha tenido acceso NOTICIAS DE GIPUZKOA. Esta medida servirá para atajar las prácticas “antisociales” en materia de Vivienda y complementará a otras ya anunciadas, como el gravamen de nueve euros diarios en el caso de los pisos vacíos.
Según explicó ayer el responsable de Planificación del Departamento vasco de Vivienda, Javier Burón, se considerará que un piso está sobreocupado cuando existan menos de 10 metros cuadrados disponibles por cada residente. Así, como ejemplo, en un piso de 60 metros cuadrados no podrán convivir más de seis personas. La competencia para decidir de forma administrativa que un piso se encuentra ocupado por encima de su límite tolerable corresponderá exclusivamente a los ayuntamientos.
En primer lugar, los consistorios deberán comprobar que un piso se halla efectivamente ocupado por más personas de las que es capaz de albergar de forma digna. Para determinar quién vive en un domicilio, las autoridades municipales podrán servirse de los datos referentes al padrón de habitantes o de cualquier otro registro público, de los consumos anormalmente elevados de agua, luz y gas, del pago del precio cobrado por el alojamiento o de la recepción de correo y notificaciones oficiales.
También podrá establecerse que una persona ocupa una determinada vivienda cuando efectúe comunicaciones telefónicas o informáticas regularmente desde ese punto o, incluso, a partir de las declaraciones realizadas por los vecinos del inmueble. También se atenderán las valoraciones llevadas a cabo por los inspectores públicos y pesará negativamente en la evaluación el rechazo injustificado del titular de la vivienda a facilitar comprobaciones in situ por parte de la administración.
‘pisos patera’ Con esta medida, el Departamento de Vivienda, liderado por Javier Madrazo, no sólo prevé erradicar de Euskadi los denominados pisos patera , aquellos en los que se habilita cada rincón útil para instalar una cama y que, habitualmente, son ocupados por inmigrantes. Burón precisó que cualquier titular de un piso en el que se constate que se da un alojamiento excesivo podrá, “en consideración a la superficie y a los servicios”, sufrir una sanción. Varias de las áreas en las que, a priori, pueden darse casos de saturación domiciliaria son los barrios bilbaínos de San Francisco y Bilbao La Vieja, así como algunos puntos de Donostialdea.
La nueva ley establece que los consistorios vascos estarán, por su parte, obligados a impulsar medidas de control, inspección y penalización para evitar la sobreocupación de los domicilios. En caso de que no se cumplan los preceptos recogidos en el reglamento, los ayuntamientos podrán imponer diversas sanciones e incluso, en caso de reincidir o de hacer caso omiso a las multas, llegar a la expropiación forzosa del piso.
Las sanciones oscilarán entre los 250 euros en caso de infracción leve y los 30.000 euros que se impondrán en los supuestos más graves. Si el beneficio resultante de la comisión de la infracción, por ejemplo por la cuantía de las rentas cobradas a los inquilinos, fuese superior a la multa impuesta, ésta se incrementará en cuantía equivalente al lucro obtenido.
Además, en caso de haber percibido cualquier tipo de ayuda económica por parte de la administración pública bajo los supuestos de arrendamiento, promoción o rehabilitación de la vivienda en cuestión, los infractores “graves” cazados por los ayuntamientos serán obligados a reponer el dinero recibido más los intereses legales.
Las resoluciones contenidas en el texto normativo perdurarán, una vez aprobado el documento, mucho más que las disposiciones actuales ya que, tal y como recordó Burón, “resultará mucho más complejo modificar el contenido de una ley que el de un decreto”.
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