PRESIDENTA DEL OBSERVATORIO DE VIOLENCIA DE GÉNERO DEL PODER JUDICIAL

Montserrat Comas: «Hay que reflexionar sobre el aumento de crímenes sexistas cometidos por extranjeros»

«La integración de los inmigrantes debe basarse en la asunción de nuestros principios constitucionales» La jueza rechaza que el alejamiento se imponga de forma «automática»

Diario Sur, J. MUÑOZ, 24-06-2007

El Observatorio de Violencia de Género, un órgano dependiente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha dado la voz de alarma al cumplirse dos años desde la puesta en marcha de los juzgados de violencia de género. Los asesinatos sexistas no sólo no remiten en España, sino que el 33,5% de los cometidos este año – 36 víctimas desde enero pasado – han sido perpetrados por extranjeros. La magistrada Montserrat Comas, vocal del Poder Judicial, advierte de que el índice de agresores machistas entre los inmigrantes es de cinco por cada millón de habitantes. «Entre los españoles, es de uno», explica.



Cinco veces menos.

El número de extranjeros imputados por la muerte violenta de sus parejas están aumentando, pues el año pasado representaron el 24% del total. Mi preocupación por los hombres violentos de nacionalidad española no ha disminuido un ápice, pero debemos reflexionar sobre la aparición de una nueva realidad social. El machismo violento no sólo está arraigado en nuestra sociedad, sino que es todavía mayor en algunas culturas donde no se defiende la libertad ni la igualdad de las mujeres, y donde la subordinación está más acentuada que en España.

Usted se ha declarado partidaria de reclamar a los inmigrantes un compromiso explícito con los valores de la sociedad española.

Nunca he dicho que deba ser una condición para entrar en nuestro país, pero hay que abrir este debate. La integración tiene que basarse en la asunción de nuestros valores constitucionales. No conozco una fórmula acabada para abordar la formación de los inmigrantes, pero la ley integral de violencia de género establece que todos los ciudadanos, cualquiera que sea su nacionalidad, deben ser educados en la igualdad y en la resolución pacífica de los conflictos.

Sugerir una formación cívica para los extranjeros ¿no puede interpretarse como una medida discriminatoria?

Creo que no. Sólo estoy constatando una realidad, un problema adicional, que requiere un esfuerzo colectivo de las Administraciones central y autonómica. Del Ministerio de Educación, de las consejerías de Justicia

La educación y las leyes han conseguido que el machismo de los españoles retroceda en los últimos años.

En comparación con otras culturas, España ha avanzado de forma irreversible hacia la igualdad real de hombres y mujeres. No sólo en el terreno constitucional y legal; también en el ámbito de los valores. Es impensable que alguien sostenga públicamente que las mujeres no deben estar representadas en los puestos de dirección; o que no tienen derecho al mismo salario por desempeñar el mismo trabajo. Pero en las sociedades donde ese proceso cultural no se ha realizado, donde persiste la discriminación, es lógico que exista un reflejo en las tasas de violencia de género, pues la violencia es la expresión más brutal de la desigualdad.

Sentencias del Supremo

Las últimas víctimas de la violencia machista fueron dos mujeres inmigrantes que habían vuelto a convivir con los varones que las habían maltratado. Ambas parejas quebrantaron las órdenes de alejamiento.

Es uno de los problemas más importantes y más frecuentes de los juzgados. De momento, no hay jurisprudencia del Tribunal Supremo, sino dos sentencias contradictorias. La primera, del 26 de septiembre de 2005, considera que, cuando las partes reanudan la convivencia, con la aceptación de ambas, desaparecen las circunstancias que justificaron la medida de alejamiento. La segunda sentencia, de 20 de enero de este año, dice que el consentimiento de la víctima no elimina la antijuricidad del quebrantamiento. El principio de autoridad – en este caso, la autoridad judicial – es el bien jurídico que se protege. La pena no es algo disponible para las partes.

¿Y usted por qué resolución se inclina?

Me identifico con la segunda. Creo que no caben contemplaciones. Las penas están para ser cumplidas. Si la policía detecta que un hombre convive con la víctima, a pesar de haber sido condenado a una pena de alejamiento con sentencia firme, debe informar al juzgado para que esa sentencia se cumpla. Ahora bien, si estamos en la fase de instrucción, antes del juicio, y nos encontramos ante una orden de alejamiento cautelar, entonces el juez y el fiscal pueden analizar el caso de forma individual. No hay una receta común. La medida de alejamiento puede dejarse sin efecto cuando no exista riesgo. Pero en situaciones graves habría que mantenerla.

De todos modos, una vez que se dicta una condena, el juez tiene que imponer la orden de alejamiento de forma obligatoria, sea cual fuere la gravedad de la pena de maltrato. Y muchas mujeres lo ignoran.

Soy partidaria de revisar ese punto. Mientras el automatismo se mantenga, el cumplimiento de la medida de alejamiento seguirá creando problemas. Hemos planteado al Ministerio de Justicia y a los grupos parlamentarios la revisión del artículo 57 del Código Penal. Considero que el alejamiento debería ser algo facultativo; es decir, el fiscal podría solicitarlo, y el juez lo decidiría a continuación, en las situaciones de riesgo palpable para la víctima. Pero no sería el caso si se trata de una primera denuncia sobre un hecho que antes se consideraba leve; por ejemplo, un empujón precedido de una injuria o de una coacción. Hay mujeres que no desean separarse del varón; interponen la denuncia sólo para que lo ocurrido no se vuelva a repetir. Son las primeras que se quedan sorprendidas por el alejamiento, así que ellas mismas no facilitan que la medida se cumpla.

Algunos juristas advierten, además, de que el quebrantamiento supone a veces un castigo añadido más grave que la pena principal por maltrato.

El enfoque de la pena por quebrantamiento no es la cuestión. El problema reside en el automatismo del alejamiento, con independencia de la gravedad del hecho y de las circunstancias personales. Además, las penas prin – cipales con las que deberíamos realizar la comparación corresponden a lesiones, coacciones, malos tratos físicos y psíquicos de carácter continuado Son delitos que llevan aparejadas penas distintas y, en cualquier caso, superiores a la pena de quebrantamiento.

Balance de los juzgados

¿Se puede hacer una balance de los juzgados de violencia de género?

Debemos hacerlo, porque el día 29 de junio se cumplirán dos años de la puesta en marcha de los juzgados especializados. Podemos concluir que han sido un acierto, pues han puesto fin al peregrinaje de las víctimas para denunciar a su agresor varias veces. Ahora, cada partido judicial cuenta con un juzgado competente para investigar esos delitos; ese juzgado es un punto de referencia al que las mujeres maltratadas pueden dirigirse para solicitar una respuesta prioritaria, más especializada y más eficaz.

A tenor de los resultados que ha obtenido la ley integral de violencia de género, ¿qué mejoras hacen falta?

Todos los juzgados deben trabajar con unidades de valoración integral, pues de ese modo el juez puede disponer enseguida de informes sobre el riesgo que corre la víctima y sobre la peligrosidad del imputado. Los juzgados de violencia de género con ‘competencia exclusiva’ disponen de esas unidades, pero todavía no han llegado a muchos juzgados ‘compatibles’. (Los primeros están radicados en las capitales y únicamente se ocupan de los casos de violencia de género. Los segundos están repartidos por el resto de España; atienden todas las denuncias de maltrato de su partido judicial, pero también tienen que investigar otros delitos).

En general, los juzgados ‘compatibles’ necesitan medios y personal.

En los partidos judiciales pequeños y en las ciudades de tamaño medio, los fiscales tienen que compatibilizar la labor del juzgado de guardia con la del juzgado dedicado a la violencia de género. Hay que mejorar la planta del ministerio público y de los abogados de oficio. Así se evitarían las disfunciones a la hora de interrogar a los testigos y a las víctimas.

Este año se crearán en España 42 nuevos juzgados de violencia de género.

El Gobierno ha prometido que creará el mismo número de fiscales especializados.

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