El Supremo ordena a la Audiencia de Las Palmas que juzgue a los patrones
ABC, 22-06-2007NIEVES COLLI
MADRID. El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Las Palmas que asuma la competencia para juzgar los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros cometidos por los patrones de los cayucos, aunque dichas embarcaciones y sus tripulantes hayan sido interceptados en aguas internacionales.
Así lo acuerda la Sala Segunda en varias sentencias que han coincidido en el tiempo con la reforma promovida por el Gobierno para que el tráfico ilegal y la inmigración clandestina de personas se incluyan entre los delitos que la Justicia española puede perseguir dentro y fuera de su territorio, tanto si son cometidos por españoles como por extranjeros (art. 23.4 LOPJ). Fuentes jurídicas precisaron que, cuando se deliberaron las sentencias, el Tribunal no conocía dicha reforma, aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros y que, en cualquier caso, aún no ha entrado en vigor.
Recursos del fiscal
En todos los supuestos analizados, el Supremo resolvía recursos planteados por la Fiscalía contra las decisiones de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria. Según el Ministerio Público, que pedía siete años de prisión para los acusados, las resoluciones de dicho tribunal no tenían en cuenta los tratados internacionales suscritos por España en materia de Derecho del Mar, cuya aplicación en estos casos (a falta de regulación legal en nuestro país) resulta imprescindible para evitar que una conducta tan grave quede impune. Especialmente cuando el objetivo de los cayucos era alcanzar las costas de nuestro país.
La inmigración ilegal, de hecho, es uno de los problemas más graves a los que se enfrenta España. El pasado año, por ejemplo, unos 32.000 «sin papeles» llegaron a las costas españolas (en su inmensa mayoría a las Islas Canarias) y cerca de un millar perdieron la vida en el intento, según los datos que manejan las ONG.
Riesgo para la vida
La Sala Segunda del Supremo estima los recursos del fiscal en todos los casos y, según las fuentes citadas, considera incuestionable que, en los supuestos analizados, los cayucos interceptados en alta mar tenían como destino España. Asimismo, recuerda que la inmigración ilegal es una de las más graves lacras a las que se enfrenta la comunidad internacional, pues se trata de un fenómeno que pone en grave peligro la vida de las personas y del que, además, las mafias y las organizaciones de delincuencia organizada se aprovechan para sacar beneficios económicos.
Por todo ello, los tratados internacionales suscritos por España en esta materia tienen como finalidad establecer ámbitos de cooperación para prevenir y sancionar la comisión de estos delitos. Así, el «Protocolo contra el tráfico ilícito de inmigrantes por tierra, mar y aire», que permite a los Estados adoptar las medidas que estimen oportunas tanto de acuerdo con el derecho interno como con el internacional; o la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. Y esos tratados deben ser aplicados.
El Tribunal, además, cree evidente que los hechos analizados van en contra del interés nacional, circunstancia que, según los convenios antes citados, justifican plenamente la jurisdicción de España para la persecución de este grave delito.
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