La LGTBIfobia es el móvil de uno de cada cinco delitos de odio

El escenario más habitual es la calle, entre los agresores abundan los de extrema derecha y entre las víctimas son mayoría los extranjeros

Diario Vasco, Alfonso Torices Madrid, 14-03-2024

Uno de cada cinco delitos de odio ocurridos en España tienen como móvil la intolerancia contra la orientación o identidad sexual de la víctima. En otras palabras, el principal desencadenante de este tipo de insultos, vejaciones o agresiones es la LGTBIfobia, que se detecta en el 23% de las ocasiones, seguida por el origen racial o étnico de la víctima (18,8 ), por su ideología (15) o por el país de procedencia (10%).

Llegan también a las comisarías y juzgados, pero son bastante menos frecuencia, las discriminaciones o los ataques motivados por la discapacidad del perjudicado (6,3%), su religión o creencias (2,8%), por antisemitismo (2,3%), por antigitanismo (1,7%) o por aporofobia, el desprecio hacia el pobre, que no supera el 0,6% de casos enjuiciados.

Son alguna de las conclusiones principales de un estudio presentado hoy por el Consejo General del Poder Judicial y elaborado por investigadores de la Universidad del País Vasco y de la Pontificia de Comillas por encargo de cinco ministerios y la Fiscalía. Su materia prima es el contenido de las sentencias por toda la gama de delitos de odio emitidas en un lustro, el que va de 2018 a 2022.

El trabajo, que permite visualizar un mapa detallado de la intolerancia en España, puede ser un instrumento valioso para la prevención y persecución de estos comportamientos discriminatorios, racistas y xenófobos que, como subrayan los autores, causan un «fuerte impacto divisivo de la convivencia por su enorme potencial de envenenamiento de la coexistencia pacífica entre grupos diferentes».

Agresor: español y en la treintena
El perfil del agresor más frecuente es el de un hombre (86%), español, mayor de edad, que en siete de cada diez ocasiones actúa solo, con una edad media de poco más de 32 años, pero que con frecuencia ronda los 21. No en todos los casos se le pudo adscribir a un grupo o colectivo, pero cuando fue posible el 54%, la mayoría, se identificaba con una ideología de extrema derecha. Le siguen los grupos extremistas religiosos (15,2%), los de extrema izquierda (13%), los proetarras (6,5%) y los independentistas radicales catalanes (4,3%).

El perfil de la víctima solo se parece en que también la mayoría son hombres, aunque en menos proporción (64%), mayores de edad y que rondan los 31 años. Pero, al contrario que los acusados, la mayor parte, ocho de cada diez, son extranjeros, fundamentalmente latinoamericanos de Ecuador, Venezuela y Colombia, aunque también africanos de Marruecos o Senegal. Solo el 16,7% son españoles. A seis de cada diez víctimas se les puede incluir en la categoría de minorías étnicas, religiosas o colectivos vulnerables, entre los que a su vez el 64% son LGTBI.

Ocho de cada diez delitos de odio se cometen de forma presencial y la vía pública es el escenario más habitual, con un tercio de los ataques, entre los que abunda la violencia psicológica, como intimidaciones o amenazas. Las vejaciones o agresiones en el ámbito digital (móviles y telecomunicaciones) rondan el otro 20% y su escenario principal son las redes sociales.

La mayor parte de casos enjuiciados proceden de los grandes núcleos de población, con Cataluña a la cabeza (42%), seguida por Madrid (12,8%), Castilla y León y Canarias (7%), Comunidad Valenciana (6,4%) y Andalucía (5,2%). Por provincias, el mayor número se produjo en Barcelona (38%), Madrid (13%), Santa Cruz de Tenerife (6,4%), Valladolid (5%), Tarragona y Valencia (4%) y Navarra (3%).

Dos tercios de condenas
La buena noticia es que dos de cada tres procesos terminan en condena y la mala es que obtener este resarcimiento le cuesta a la víctima entre uno y tres años en la gran mayoría de casos. La motivación ideológica es la que concentra más número de condenas, mientras que las absoluciones más frecuentes tienen que ver con hechos discriminatorios por orientación e identidad sexual de la víctima o racismo.

Los delitos más frecuentes son los de incitación al odio, la violencia o la discriminación (seis de cada diez), seguidos por las lesiones y el trato degradante, en ambos casos un poco por encima del 10%. La agravante específica se aplica en uno de cada siete procesos y las razones mayoritarias son la LGTBIfobia y el racismo.

En un tercio de los asuntos analizados el tribunal impuso penas de prisión, la sanción más frecuente, con una duración media algo superior al año. El segundo lugar lo ocupan las multas (23%), seguidas de la inhabilitación para concurrir a elecciones (20%) y, en menor medida, las penas de inhabilitación especial para cargo o empleo (12%) y la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima o los perjudicados (7,7%).

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